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76 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 326, que estableció beneficios tributarios diferenciados a favor de los contribuyentes sobre deudas generadas producto de un proceso de fiscalización tributaria y/o actualización catastral DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2017 La Molina, 29 de agosto del 2017EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAVISTO: El Informe N° 034-2017-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 259-2017-MDLM-GAT-SGDFT de la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 326, Ordenanza que Establece bene fi cios tributarios diferenciados a favor de los contribuyentes sobre deudas generadas producto de un proceso de fi scalización tributaria y/o actualización catastral; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 326, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 27 de noviembre de 2016, se establecieron bene fi cios tributarios diferenciados a favor de los contribuyentes sobre deudas generadas producto de un proceso de fi scalización tributaria y/o actualización catastral; asimismo, en la primera Disposición Final de dicha Ordenanza, se faculta al Alcalde, aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 018- 2016 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 30 de diciembre de 2016, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 326, hasta el 31 de marzo de 2017; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 002-2017 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 31 de marzo de 2017, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 326, hasta el 26 de julio de 2017; Que, asimismo mediante el Decreto de Alcaldía N° 009-2017 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 26 de julio de 2017, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 326, hasta el 31 de agosto de 2017; Que, a través del Informe N° 259-2017-MDLM-GAT- SGDFT, la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 326 que Establece bene fi cios tributarios diferenciados a favor de los contribuyentes sobre deudas generadas producto de un proceso de fi scalización tributaria y/o actualización catastral, hasta el 29 de diciembre de 2017; Que, siendo política de la presente gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 326; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de diciembre de 2017, la vigencia de la Ordenanza N° 326, que Establece bene fi cios tributarios diferenciados a favor de los contribuyentes sobre deudas generadas producto de un proceso de fi scalización tributaria y/o actualización catastral. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1560016-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 329, que estableció beneficios de regularización de deudas no tributarias, por concepto de multas administrativas en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 013-2017 La Molina, 29 de agosto del 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAVISTO: El Informe N° 072-2017-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico y el Informe N° 891-2017-MDLM-GDUE-SGFA de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 329, Ordenanza que Establece Bene fi cios de Regularización de Deudas No Tributarias, por Concepto de Multas Administrativas en Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 329, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 04 de diciembre de 2016, se establecieron Bene fi cios de Regularización de Deudas No Tributarias, por Concepto de Multas Administrativas en el Distrito de La Molina; asimismo, en la Primera Disposición Final de dicha Ordenanza, se faculta al Alcalde, aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 020-2016 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de diciembre de 2016, se dispuso prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 329 hasta el 31 de marzo del 2017; Que, con Decreto de Alcaldía N° 004-2017 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 31 de marzo de 2017, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 329, hasta el 26 de julio de 2017; Que, a su vez mediante Decreto de Alcaldía N° 011- 2017 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 26 de julio de 2017, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 329, hasta el 31 de agosto de 2017; Que, a través del Informe N° 891-2017-MDLM-GDUE- SGFA, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 329 que establece Bene fi cios de Regularización de Deudas No Tributarias, por Concepto de Multas Administrativas en el Distrito de La Molina, hasta el 31 de octubre de 2017, lo cual es rati fi cado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico mediante Informe N° 072-2017-MDLM-GDUE; Que, siendo política de la presente gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de