Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Viernes 1 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 173-2017-MPA, de fecha 07 de Junio del 2017 y el Memorando Nº 1919-2017-GM/ MPA, de fecha 06 de Noviembre del 2017, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057, publicado el 28 de Junio del 2008 en el Diario Oficial "El Peruano", modificado por Ley Nº 29849 y sus normas reglamentarias, aprobadas mediante los Decretos Supremos Nº 0752008-PCM y Nº 065-2011-PCM, se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, el cual constituye una modalidad especial de contratación laboral. Se regula por la citada norma, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; Que, el Art. Nº 3 inciso 3.1. del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, que establece Modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios menciona que para suscribir un contrato administrativo de servicios, las entidades públicas deben observar un procedimiento que incluye las etapas de: preparatoria, convocatoria, selección, suscripción y registro del contrato; Que, el Artículo Nº 8º del Decreto Legislativo Nº 1057 establece que "(...) El acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 173-2017MPA, de fecha 07 de Junio del 2017, en su Artículo Primero se resuelve: CONFORMAR la COMISIÓN ENCARGADA DE LA CONVOCATORIA, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA CONTRATACIÓN DE PERSONAL bajo la modalidad de CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS) para el año fiscal 2017-2018 para la implementación de las diferentes áreas de la Municipalidad Provincial de Ascope, bajo el régimen especial establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios:
DESCRIPCIÓN PRESIDENTE TITULAR MIEMBRO TITULAR MIEMBRO TITULAR PRESIDENTE SUPLENTE MIEMBRO SUPLENTE NOMBRES Y APELLIDOS Econ. JOSE ANTONIO VARAS PICHEN Econ. SEGUNDO ALCIDES BOBADILLA PAREDES Abog. SAM JONNATHAN ULLOA CASANOVA Econ. ANGELA FRANCISCA RUIZ MEDINA CPC. ROSA VALENTINA ROMERO CHIRRI CARGO Sub Gerente de Recursos Humanos Gerente Municipal Sub Gerente de Asesoría Jurídica Sub Gerente de Planificación y Presupuesto Sub Gerente de Contabilidad

Recursos Humanos es el Sr. Francisco Augusto D'Angelo Silva"; Que, habiéndose acontecido el hecho invocado por el Gerente Municipal en el Memorando Nº 1919-2017-GM/ MPA al haberse designado al nuevo funcionario de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, resulta necesario emitir el respectivo acto administrativo Modificando el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 173-2017-MPA de fecha 07 de Junio del 2017, RECONFORMANDO al miembro titular de la Comisión encargada de la convocatoria, evaluación y selección para la Contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (C.A.S.) 2017 de las distintas Sub Gerencias de la Municipalidad Provincial de Ascope, en concordancia con el procedimiento de contratación establecido en el Decreto Legislativo Nº 1057, modificado por Ley Nº 29849 y sus normas reglamentarias aprobadas mediante los Decretos Supremos Nº 075-2008-PCM y Nº 065-2011-PCM; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su Artículo Nº 20.- ATRIBUCIONES DEL ALCALDE Son atribuciones del alcalde: (...) 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas en concordancia con el Artículo Nº 43 del mismo cuerpo legal que prescribe "RESOLUCIONES DE ALCALDÍA: Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; En mérito a lo expuesto y en uso de las facultades previstas , en el numeral 6 del artículo 20º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 173-2017-MPA, de fecha 07 de Junio del 2017, en consecuencia, la COMISIÓN ENCARGADA DE LA CONVOCATORIA, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (C.A.S.) 2017-2018 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ASCOPE, quedará RECONFORMADA de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN PRESIDENTE TITULAR MIEMBRO TITULAR MIEMBRO TITULAR PRESIDENTE SUPLENTE MIEMBRO SUPLENTE NOMBRES Y APELLIDOS Sr. AUGUSTO FRANCISCO D'ANGELO SILVA Econ. SEGUNDO ALCIDES BOBADILLA PAREDES CARGO Sub Gerente de Recursos Humanos Gerente Municipal

Abog. SAM JONNATHAN ULLOA Sub Gerente de CASANOVA Asesoría Jurídica Econ. ANGELA FRANCISCA RUIZ MEDINA CPC. ROSA VALENTINA ROMERO CHIRRI Sub Gerente de Planificación y Presupuesto Sub Gerente de Contabilidad

Artículo Segundo.- PRECISAR que se mantiene subsistente los demás extremos de la Resolución de Alcaldía Nº 173-2017-MPA, de fecha 07 de Junio del 2017. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO Y VALOR LEGAL toda disposición que contravenga lo establecido en la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, notificar la presente Resolución a los miembros de la Comisión para el cabal cumplimiento de sus funciones, así como su correspondiente distribución. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a las oficinas pertinentes para su conocimiento y publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SAMUEL A. LEIVA LÓPEZ Alcalde 1591818-1

Que, según Memorando Nº 1919-2017-GM/MPA, de fecha 06 de Noviembre del 2017, el Gerente Municipal comunica que por disposición superior se modifique la Resolución de Alcaldía Nº 173-2017-MPA donde se conforma al Comité de Convocatoria CAS 2017 teniendo en cuenta que el nuevo encargado de la Sub Gerencia de

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