Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano / Viernes 1 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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firme por parte de los órganos competentes previstos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza Municipal; para lo cual, el administrado presentará un escrito ante la unidad orgánica competente acompañando copia del cargo de presentación. Cuarta.- Aquellos propietarios de edificaciones ubicados en el distrito de San Luis, sin licencia municipal y que no se acojan dentro del periodo de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, serán pasibles de las sanciones establecidas en el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas, según corresponda. Quinta.- La documentación adjunta que se aprueba: Solicitud de Regularización de Licencia de Edificación, Declaración Jurada del Profesional Responsable del Proyecto, y Carta de Seguridad de Obra, tienen carácter de Declaración Jurada. Sexta.- La documentación adjunta que se aprueba: Licencia de Regularización de Edificación, será expedida previa verificación en el cumplimiento del derecho de Licencia de Regularización de Edificación y del pago de la multa que corresponda. Sétima.- VIGENCIA La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano" y mantiene su vigencia hasta el 30 de diciembre de 2017 para el caso de condonación de Multas Administrativas No Tributarias y hasta el 31 de enero del 2018 para el caso de Regularización de Licencia de Edificación. Octava.- CUMPLIMIENTO Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y sus respectivas unidades orgánicas, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y sus respectivas unidades orgánicas, Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, a la Sub Gerencia de Tesorería, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información a publicar en el Portal institucional; a la Secretaría General y a la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y participación su difusión. Novena.- DELEGACIÓN DE FACULTADES Otórguese facultades al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias a la presente Ordenanza Municipal, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1592499-1

concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a los contribuyentes del Distrito de San Luis hasta el 23 de Diciembre del 2017" y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (...) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 235-2017-MDSL/C de fecha 27 de Octubre del 2017, el Concejo Municipal de San Luis, acuerda aprobar el beneficio de regularización de deudas tributarias vencidas por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a los contribuyentes del Distrito de San Luis, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 18 de Noviembre del 2017; Que, en la Tercera Disposición Final y Complementaria de la citada Ordenanza; se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento, así como dictar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuada y correcta aplicación. Que, mediante el Art. 17.1 La Autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o interés de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificado para su adopción. Que, por otro lado mediante Informe Nº 081-2017-MDSL-GATP de fecha 28 de Noviembre del 2017, la Gerencia de Administración Tributaria, sugiere se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 235-2017-MDSL/C de fecha 27 de Octubre del 2017, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la tercera Disposición Final y Complementaria de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.PRORROGAR el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 235-2017-MDSL/C, Ordenanza que otorga beneficio de regularización de deudas tributarias vencidas por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a los contribuyentes del Distrito de San Luis hasta el 23 de Diciembre del 2017, con eficacia anticipada al 01 de Diciembre del 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y demás

Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 235-2017-MDSL/C, que otorga beneficio de regularización de deudas tributarias vencidas por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2017-MDSL/A San Luis, 30 de noviembre del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS: VISTO: El Informe Nº 081-2017-MDSL-GAT de fecha 28 de Noviembre del 2017 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, sobre "Prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza que otorga beneficio de regularización de deudas tributarias vencidas por

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