Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de diciembre de 2017 /

El Peruano

la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 416-MDA, cuya ejecución estará a cargo de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones en forma efectiva; asimismo, dicha competencia municipal tenga el apoyo policial necesario ante la solicitud de apoyo policial, procediendo de esta manera la Subgerencia Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones; además, considerando relevante su aprobación solicita la dispensa del trámite de comisiones y se derive el proyecto de ordenanza al Concejo Municipal; Que, el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal, entre otros, Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Proveído Nº 1964-2017-MDA/ GM, la Gerencia Municipal indica elevar los actuados y sea puesto a consideración del Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente, lo cual es corroborado con el Proveído Nº 3716-2017-MDA/A del Despacho de Alcaldía; Estando a los fundamentos antes expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 8) del Artículo 9º y Artículo 40ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de comisiones, contando con el voto por Mayoría de los señores regidores asistentes a la Sesión Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LO DISPUESTO EN LA INFRACCIÓN 09.9041 DE LA LÍNEA DE TRATAMIENTO PAISAJISTA DEL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, APROBADO POR ORDENANZA Nº 416-MDA Y DEROGA LA ORDENANZA Nº 438-MDA. Artículo Primero.- RESTITUIR; la vigencia del texto original de la infracción 09.9041 de la Línea de Tratamiento Paisajista del Cuadro Único de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 416-MDA, en merito a las considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- DEROGAR; la ORDENANZA Nº 438-MDA, Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 416-MDA - que Aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Tercero.- DISPONER; que en defensa de los intereses de la Corporación Municipal, la Procuraduría Pública Municipal adopte y realice las acciones que les correspondan conforme lo establece la Ley Nº 30230. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1592845-2

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: VISTOS: El Memorándum Nº326-2017-GM/MDC, recibido el 27 de noviembre de 2017, emitido por la Gerencia Municipal, de acuerdo a la Ordenanza 372-A/MDC, Decreto de Alcaldía Nº 005-2017/MDC, Nº 006-2017/MDC, Nº 0072017/MDC y Nº 008-2017/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 28607 - Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192° de la Constitución Política del Estado, los Gobiemos Locales tienen competencia pare administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza N° 372A/MDC, señala que la "FINALIDAD Y ALCANCE" de la presente ordenanza es ESTABLECER el régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, aplicable a todos los Contribuyentes que tengan deudas pendientes por los siguientes conceptos: Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Multas Administrativas y Convenios de Fraccionamiento. Que, en la Primera Disposición Final de la mencionada ordenanza municipal, establece que se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca la prorroga correspondiente y dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante el Memorándum del visto la Gerencia Municipal, se señala que es necesario prorrogar el beneficio establecido en la Ordenanza Municipal N°372-A/MDC hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2017, debido a que ha sido pedido de aquellos contribuyentes que desean ponerse al día en sus pagos de impuestos, así como acogerse a los beneficios establecidos en cuanto a los arbitrios municipales; asimismo desean cancelar las multas que le fueron impuestas y que se encuentran en cobranza regular y/o en proceso de cobranza coactiva; Que, estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 372-A/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el visto bueno de los Gerentes de Administración Tributaria, Asesoría Jurídica, y del Gerente Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2017, el beneficio establecido en la Ordenanza Municipal N° 372-A/MDC. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo obligación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimiento a la presente, así como de la Sub-Gerencia de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1592786-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Prorrogan beneficio establecido mediante Ordenanza N° 372-A/MDC
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2017/MDC Carabayllo, 29 de noviembre de 2017

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