Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 1 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, en materia de deportes y recreación tienen entre sus competencias y funciones, el de normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general; Que, asimismo, el Artículo 42º de la norma precedente, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 1689-2017-SGJRD-GDSMDI, de fecha 03 de octubre del 2017, la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte, presenta la propuesta de Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018 a desarrollarse del 15 de enero al 23 de febrero del 2018, el cual tiene como objetivo general el de contribuir al proceso de formación integral de niños, niñas y adolescentes a través del deporte, la recreación, la actividad física, el arte y la cultura, desarrollando sus capacidades, destrezas y habilidades como parte de su desarrollo como personas y ciudadanos; precisando que la inscripción tendrá un costo social de S/ 30.00 (treinta con 00/100 nuevos soles) por concepto de inscripción de un curso, teniendo el beneficio de pagar S/ 25.00 (veinticinco con 00/100 nuevos soles) y S/ 20.00 (veinte con 00/100 nuevos soles) si se inscriben en un segundo y tercer curso, respectivamente; montos que serán abonados directamente a la Tesorería de la Municipalidad Distrital de Independencia, en la Partida Específica 01.03.3.03.021: Vacaciones Útiles; haciendo una proyección de ingresos por dicho concepto de aproximadamente S/ 225,000.00 (Doscientos veinticinco mil con 00/100 nuevos soles). Por otro lado, detalla que las sedes en donde se realizaran las actividades del referido Programa, comprenden: el Coliseo de la Amistad Perú ­ Japón, el Complejo Deportivo José Olaya del Eje Zonal de Túpac Amaru y el Polideportivo Las Américas del Eje Zonal El Ermitaño; Que, mediante Informe Nº 055-2017-GDS-MDI, de fecha 09 de octubre del 2017, la Gerencia de Desarrollo Social, concluye indicando que el programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018 cumple los requisitos que establece la normatividad municipal, que se encuentran integrados a los planes institucionales y que no requiere un presupuesto adicional, al ser este auto financiado; Que, mediante Informe Nº 171-2017-GPPR-MDI, de fecha 31 de octubre del 2017, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización expresa que, estando el Programa Vacaciones Saludables y Divertidas en el POI 2018 de la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte y habiendo establecido que el programa referido se puede auto financiar al 100%, es de opinión que sea aprobado mediante decreto de alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 618-2017-GAL-MDI, de fecha 06 de noviembre del 2017, la Gerencia de Asesoría Legal, según los términos y alcances contenidos en el presente informe, opina favorable aprobar el Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018; Que, mediante Memorando Nº 2857-2017-GMMDI, de fecha 07 de noviembre del 2017, la Gerencia Municipal, siendo que es un programa auto financiado y contando con las opiniones técnicas y legales favorables, traslada los actuados para proseguir con el trámite correspondiente; Que, es política de la Gestión Municipal, promover el desarrollo humano sostenible forjando una cultura de valores e identidad local, reforzando destrezas, habilidades y actitudes positivas de los participantes, propiciando el adecuado uso del tiempo libre contando con el apoyo de docentes y técnicos especialistas en la enseñanza de las diversas materias contenidas en el Programa;

Estando a lo expuesto; contando con las opiniones favorables de la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte, de la Gerencia de Desarrollo Social, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y la Gerencia de Asesoría Legal; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018, dirigido a niños, niñas y adolescentes, cuya ejecución se inicia el 15 de enero al 23 de febrero del 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tesorería efectúe directamente la cobranza por derecho de inscripción de los participantes en el Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018, los mismos que deben ser depositados en la Partida Específica 01.03.3.03.021. Artículo Tercero.- DISPONER que el 100% de los ingresos que genere el Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018, se destinen a financiar la ejecución de sus actividades, así como la adquisición de materiales o insumos, pago de honorarios a los profesores encargados de los diversos cursos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social para que a través de la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deportes asuma la organización, ejecución y evaluación del Programa, debiendo informar los resultados que se obtengan. Artículo Quinto.- DISPONER a los Órganos Administrativos correspondientes, cumplan con lo establecido en el presente Decreto y brinden las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de las actividades del Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018. Artículo Sexto.- AUTORIZAR que el Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2018 se incluyan en el Plan Operativo Institucional 2018 a cargo de la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, realice las acciones de control pertinentes que correspondan. Artículo Octavo.- DISPONER a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte y la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización el cumplimiento del presente Decreto; a la Gerencia de Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación la publicación en el portal institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1592405-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Declaran la reversión a favor de la Municipalidad de predio ocupado ilegalmente
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 166-2017-MDPH Punta Hermosa, 31 de octubre del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA; VISTO; el Memorándum Nº 081-2017-MDPH-GM, y el Informe Nº 092-2017-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

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