Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 16 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS: Los Informes N° 259; 280 y 039-2017-CONCYTEC-OGPP y el Oficio N° 109-2017-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 143 y 153-2017-FONDECYT-UPP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 091-2017-FONDECYT-UAF/ AT de la Unidad de Administración y Finanzas; los Oficios N°s 463 y 439-2017-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia N° 185-2016-CONCYTEC-P de fecha 22 de diciembre de 2016, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC; Que, con fecha 3 de mayo de 2017, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, el Consorcio de Investigación Económica y Social ­ CIES; y la Organización de Estados Iberoamericanos ­ OEI, con la finalidad de efectuar prestaciones recíprocas de naturaleza cooperativa, sin fines de lucro para ninguna de ellas, a efectos de coadyuvar a la realización, en el ejercicio 2017, de la segunda edición del Concurso de Investigación; Que, mediante los Oficios N°s 439 y 463-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite los Informes N°s 143 y 153-2017-FONDECYT-UPP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, por la que solicitan la aceptación de una donación dineraria en atención al Numeral 5.5 de la Cláusula Quinta del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, el Consorcio de Investigación Económica y Social ­ CIES; y la Organización de Estados Iberoamericanos ­ OEI; Que, el Numeral 5.5 de la Cláusula Quinta del citado Convenio, establece que el FONDECYT, proporcionará el número de cuenta bancaria de donaciones del FONDECYT a la OEI y al CIES para depositar los aportes correspondientes; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, adjunta el Informe N° 091-2017-FONDECYTUAF/AT, del Área de Tesorería del FONDECYT, de fecha 3 de noviembre de 2017, que cuenta con la conformidad de la Unidad de Administración y Finanzas del FONDECYT a través del Proveído N° 39-FONDECYT-UAF, en el cual señalan que hay abonos efectuados por el CIES y el OEI, en la Cuenta N° 00-068-36713 del Banco de la Nación, conforme a lo siguiente: i) Importe S/ 19,500.00 (OEI); y ii) El Importe de S/ 15,000.00 (CIES), haciendo un total de S/ 34,500.00 (Treinta y Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles); Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, mediante los Informes N° 259; 280 y 039-2017-CONCYTEC-OGPP, señala que es necesario aceptar la donación efectuada, cuyo depósito ha sido confirmado por el Área de Tesorería de la Unidad de Administración y Finanzas del FONDECYT, a través del Informe N° 091-2017-FONDECYT-UAF/AT; Que, en tal sentido, solicita que se expida la Resolución de la Titular de la Entidad por la que se apruebe la aceptación de la donación dineraria efectuada, aplicación a lo establecido por el Artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, el referido Artículo señala que dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias;

Con la visación de la Secretaría General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, y del Responsable (e) de la Unidad de Administración y Finanzas del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la donación dineraria efectuada por el Consorcio de Investigación Económica y Social ­ CIES y la Organización de Estados Iberoamericanos ­ OEI, a favor del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, por un importe total ascendente a S/ 34,500.00 (Treinta y Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles), en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el CONCYTEC, el Consorcio de Investigación Económica y Social ­ CIES; y la Organización de Estados Iberoamericanos ­ OEI. Artículo 2.- La donación dineraria a que se refiere el Artículo precedente, será destinada exclusivamente, para los fines establecidos en el "Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, el Consorcio de Investigación Económica y Social ­ CIES; y la Organización de Estados Iberoamericanos ­ OEI", suscrito con fecha 3 de mayo de 2017. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1598014-1

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