Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

i) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado. j) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios u obras hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado. k) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado. l) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculadas con la temática de contrataciones del Estado. m) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, por las causales previstas en la normativa de contrataciones del Estado. n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección a entidades públicas, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. o) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en la normativa de contrataciones del Estado. p) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección. q) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, y sus adendas. r) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas en los contratos derivados de procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas. s) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. t) Emitir pronunciamiento sobre la liquidación de un contrato de consultoría o ejecución de obra. 2.3. Facultades que se ejercen de acuerdo a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, para lo siguiente: Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo 3.- Delegación de facultad y atribución a la Directora de la Oficina de Abastecimiento. Delegar en la Directora de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir y resolver contratos de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, y sus adendas. b) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos de bienes, servicios y obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a 8 UIT, de corresponder. Artículo 4.- Delegación de facultades y atribuciones al Director de la Oficina General de Recursos Humanos. Delegar en el Director de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: a) Encargar las funciones de Secretario General, de Jefe de Gabinete de Asesores, de los Órganos de Apoyo,

de Línea o de Asesoramiento del Ministerio del Ambiente, cuando el titular del cargo se encuentre ausente por motivos acreditados o cuando el cargo se encuentre vacante por no contar con titular designado. b) Encargar las funciones de Responsable de Proyecto Especial o Responsable de Programa Nacional, designado mediante Resolución Ministerial, cuando su titular se encuentre ausente por motivos acreditados. c) Suscribir, modificar y resolver Convenios de Cooperación Interinstitucional y otros instrumentos de similar naturaleza, incluidas sus adendas, con personas jurídicas, entidades u organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en las materias de su competencia. Artículo 5.- Delegación de facultades y atribuciones a la Directora de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Delegar en la Directora de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, la siguiente facultad y atribución: Autorizar la ejecución de las inversiones públicas del Sector y la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes, a excepción de los Programas y Proyectos del Ministerio del Ambiente. Artículo 6.- Delegación de facultades y atribuciones al Viceministro de Gestión Ambiental. Delegar en el Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir, en el marco de sus respectivas competencias, previa aprobación del Despacho Ministerial, Convenios de Cooperación Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad nacional pública o privada, o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales. b) Aprobar, previa presentación al Despacho Ministerial, los expedientes técnicos o su equivalente y demás documentos requeridos en la fase de ejecución, diferente a la ejecución de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de inversión. c) Suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, que se requieran en su Despacho y en los respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo. d) Efectuar las transferencias de funciones y recursos sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y dar cuenta de su ejecución, pudiendo para tal efecto, suscribir las Actas de Entrega y Recepción, los Convenios de Gestión, así como los Convenios Marco Intergubernamentales en el marco del proceso de descentralización. e) Conformar Comités Especiales encargados de conducir los procesos de selección y evaluación de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Gestión Ambiental, producto de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. f) Designar a la persona encargada de la suscripción y resolución de los contratos de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Gestión Ambiental, en el marco de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. Artículo 7.- Delegación de facultades y atribuciones al Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales. Delegar en el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir, en el marco de competencias, previa aprobación Ministerial, Convenios de Cooperación Acuerdos, Memorandos o Cartas de sus respectivas del Despacho Interinstitucional, Entendimiento u

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