Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Antonio RIOJAS Gonzales, CIP. 01022192, DNI. 44427293, para que participe en el Curso de Estado Mayor Arma 2018 y en la Maestría de Estrategia Militar Marítima, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 5 de enero de 2018 al 18 de diciembre de 2019; así como, autorizar su salida del país el 4 de enero de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Guayaquil (Ecuador) US$ 1,149.88 x 4 personas (titular, esposa e hijos) US$. 4,599.52

otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Oficial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1602569-1

Autorizan viaje de oficial FAP a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 2111-2017 DE/FAPLima, 28 de diciembre de 2017 Visto, el Oficio Radicado 114363/MDN-CGFMESDEGUE-DIESG-SBESG-DEINT-60.5 de fecha 21 de setiembre de 2017 del Subdirector de la Escuela Superior de Guerra del Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, el FAX N° 319-EMGRA/EMA1 de fecha 04 de diciembre de 2017 del Jefe del Estado Mayor General FAP y el Oficio NC-50-DEPE-N° 1361 de fecha 06 de diciembre de 2017 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO:

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 5,551.16 / 31 x 27 días (enero 2018) US$. US$. 5,551.16 x 11 meses (febrero - diciembre 2018) US$. Gasto de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 5,551.16 x 2 compensaciones

4,834.88 61,062.76

US$. 11,102.32 --------------------------TOTAL A PAGAR: US$. 81,599.48

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación

Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas del orbe en el marco de las medidas de Confianza Mutua y de Seguridad; así como para el logro de entendimiento en materia de misión de estudios, capacitaciones e intercambios operacionales, lo que sin duda beneficia no solo al personal FAP participante, quienes han ido ampliando su visión y experiencia en los campos de sus respectivas especialidades, sino que a través de ellos se beneficia la Institución al contar con personal con nuevas capacidades académicas; Que, mediante el Oficio Radicado 114363/MDNCGFM-ESDEGUE-DIESG-SBESG-DEINT-60.5 de fecha 21 de setiembre de 2017, el Subdirector de la Escuela Superior de Guerra del Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, extiende una invitación para que un oficial de grado Mayor participe en el Curso de Estado Mayor, que se realizará en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia del 04 de enero al 28 de noviembre de 2018; Que, mediante el FAX N° 319-EMGRA/EMA1 de fecha 04 de diciembre de 2017, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, acepta la invitación para realizar el Curso de Estado Mayor, designando al Mayor FAP ROBERT KURT FRANTZEN SALDANI; Que, mediante el Oficio NC-50-DEPE-N° 1361 de fecha 06 de diciembre de 2017, el Director General de

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