Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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EDUCACION
Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria Ticuna
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 730-2017-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2017 VISTOS; el Expediente N° 0104529-2017 y el Informe N° 1258-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación establece como Principio de la Educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro sustento, para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe (ahora Dirección de Educación Intercultural Bilingüe) y la Dirección de Educación Rural (ahora Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural), proporciona asistencia técnica, evalúa y oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 21.2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos oficiales que formulan o publican; Que, el artículo 30 del Decreto Supremo Nº 0112012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, respetar y promover las lenguas y dialectos ágrafos reconocidos y difundir su dominio oral y escrito, para lo cual se oficializarán las reglas de escritura uniforme en concordancia con la precitada Ley Nº 29735; Que, así también, el inciso h) del artículo 122 del Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece como una de las funciones de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe la de evaluar y oficializar las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país; Que, asimismo, en el apartado A del numeral 6.12 de la Resolución Viceministerial Nº 027-2015-MINEDU que aprueba la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", se establece que los alfabetos se oficializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la oficialidad de los mismos, se reconoce mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB de fecha 12 de octubre de 2017, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe oficializa el alfabeto de la lengua originaria Ticuna, aprobado en el "Congreso de Normalización del Alfabeto de la Lengua Ticuna"; Que, en consecuencia, mediante Informe Nº 158-2017-MlNEDU/VMGP/DlGElBIRA adjunto al Oficio N° 1016-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de que se emita la respectiva Resolución Ministerial a través de la cual se reconozca la oficialidad de la lengua originaria Ticuna y sus equivalencias;

Con el visto del Viceministerio de Gestión Pedagógica, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, así como de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU que aprueba la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú"; SE RESUELVE: Artículo 1.- RECONOCER la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria Ticuna, declarada mediante Resolución Directoral N° 004-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA-DEIB, conforme a las siguientes grafías:
a ñ b o c p ch qu d r e t g u i ü m w n x ng y

Las vocales nasalizadas se escriben con una vírgula (~) encima de la vocal y las vocales laringalizadas se escriben con una raya ( _ ) debajo de la vocal. Artículo 2.- RECONOCER la oficialidad de las equivalencias para grafías de la escritura Ticuna, declarada mediante Resolución Directoral N° 004-2017-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, conforme a lo siguiente: Grafías del alfabeto ~ Ü Equivalencias ê î û ù

Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1602201-1

Designan representantes del Ministerio ante el Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 731-2017-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 29837, modificado por la Sexta Disposición y Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se creó el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, en adelante PRONABEC, a cargo del Ministerio de Educación, el mismo que se encarga del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior, estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 7 de la citada Ley, el PRONABEC cuenta con un Consejo

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