Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

31

Designan representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 381-2017-PCM Lima, 29 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) del numeral 4.1. del artículo 4 de la Ley N° 28939 ­ Ley que aprueba crédito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2006, dispone la creación de fondos y dicta otras medidas; se creó el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario; Que, conforme a la norma invocada, el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario tiene como finalidad: (i) garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos; y, (ii) financiar mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a través del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposición de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequeños y medianos agricultores, a riesgos climáticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su producción y rentabilidad; Que, el artículo 5 de la Ley N° 29148 - Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario; dispone que el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, está conformado, entre otros, por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 2922014-PCM, se designó al funcionario a cargo de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario; Que, mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, que establece su nueva estructura orgánica, que contempla entre otros, la creación y/o supresión de órganos y unidades orgánicas, así como la modificación de la denominación de algunos órganos y unidades orgánicas existentes; Que, la nueva estructura orgánica de la entidad establecida por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017PCM; no contempla a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres; Que, en dicho sentido, resulta necesario designar al nuevo representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 292-2014-PCM, que designó al funcionario a cargo de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario. Artículo 2.- Designar a la señora Blanca Luz Arostegui Sánchez, como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario.

Artículo 3.- La persona designada mediante el artículo 2 de la presente resolución ministerial, debe cumplir con lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2013-PCM-SC "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo"; aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1602531-3

Aprueban "Guía Técnica para la Estandarización de Señales de Seguridad en caso de Tsunami: Costa Peruana"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 382-2017-PCM Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 2690-2017-INDECI/5.0 del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y el Memorando Nº 284-2017-PCM/VGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, la implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento, organización, dirección y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres (Estimación del Riesgo, Prevención del Riesgo, Reducción del Riesgo, Preparación, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción), y sus respectivos subprocesos; Que, respecto del proceso de Preparación de la Gestión del Riesgo de Desastres, el artículo 29 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011PCM, establece que está constituido por el conjunto de acciones de planeamiento, de desarrollo de capacidades, organización de la sociedad, operación eficiente de las instituciones regionales y locales encargadas de la atención y socorro, establecimiento y operación de la red nacional de alerta temprana y de gestión de recursos, entre otros, para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz, en caso de desastre o situación de peligro inminente, a fin de procurar una óptima respuesta en todos los niveles de gobierno y la sociedad; Que, conforme lo dispone el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) tiene entre sus funciones, asesorar y proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 173-2015PCM, se aprobó los "Lineamientos para la conformación y funcionamiento de la Red Nacional de Alerta Temprana ­ RNAT y la Conformación, Funcionamiento y Fortalecimiento de los Sistemas de Alerta Temprana

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.