Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2017 (31/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de diciembre de 2017 /

El Peruano

- Disponer de la nomenclatura de los jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial, - Normar, regular y calificar, otorgando autorizaciones, certificados, derechos y licencias de apertura de establecimientos comerciales, artesanales y otros, - Realizar el cobro de arbitrios e impuesto predial. 4.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD, SERVICIOS, SEGURIDAD Y SALUD: - Realizar el Servicio de Limpieza Pública, determinando áreas de acumulación de residuos sólidos y controlar el cumplimiento de las normas de higiene local, distrital y provincial, - Administrar el Servicio público de Agua Potable y Desagüe, así como regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, viviendas, instituciones educativas, cementerio y demás lugares públicos. 5.- TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO: - Establecer la señalización de las calles y vías de acuerdo con la normatividad de regulación provincial y en coordinación con la Municipalidad Distrital de Tapairihua. 6.- EDUCACIÓN, RECREACIÓN: CULTURA, DEPORTE Y

arbitrios en su jurisdicción, debiendo rendir cuenta mensualmente de la recaudación. Los recursos recaudados forman parte del monto a transferirse. Artículo 9º.- DEL CUMPLIMIENTO: Encargar a la Gerencia Municipal y demás Gerencias de la Municipalidad Provincial de Aymaraes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- DISPOSICIONES FINALES: Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Aymaraes para dictar las normas complementarias y reglamentarias con sujeción a la presente Ordenanza. Tercera.- La asignación mensual de los S/ 500.00 nuevos soles de cada Centro Poblado aprobados en el presupuesto participativo provincial correspondiente al año 2018, deberán ser desembolsados en su totalidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Palacio Municipal de Aymaraes, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. VICTOR A. CANDIA SEGOVIA Alcalde 1602255-1

- Promover actividades específicas en la materia. 7.- SEGURIDAD CIUDADANA: - Establecer el Sistema de Seguridad Ciudadana con participación efectiva de la sociedad civil en coordinación con la Municipalidad Provincial de Aymaraes y la Municipalidad Distrital de Tapairihua. 8.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL: - Los vecinos de la Municipalidad del Centro Poblado de Socco, participarán a través de las Juntas Vecinales Comunales, en la gestión y administración del gobierno municipal. Artículo 5º.- DE LOS RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO: La Municipalidad Provincial de Aymaraes y la Municipalidad Distrital de Tapairihua, transferirán un porcentaje de sus recursos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), provenientes del Gobierno Nacional en forma mensual al Centro Poblado de Socco, en proporción a su población y a los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la función delegada. La percepción de los recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Socco, facultadas mediante la presente Ordenanza Municipal viene a constituir recursos transferidos por parte de la Municipalidad Provincial de Aymaraes y la Municipalidad Distrital de Tapairihua, debiendo rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Provincial de Aymaraes, los importes recaudados por dicho concepto. Artículo 6º.- USO DE LOS RECURSOS: Los montos transferidos mensualmente serán destinados única y exclusivamente para el desempeño de las competencias y funciones materia de delegación y sostenimiento. Artículo 7º.- RENDICIÓN DE CUENTAS: La Municipalidad del Centro Poblado de Socco, deberá rendir cuentas de los recursos recibidos en forma mensual y de manera documentada tanto a la Municipalidad Provincial de Aymaraes, como a la Municipalidad Distrital de Tapairihua, según corresponda bajo responsabilidad de su Alcalde. Artículo 8º.- ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVASECONÓMICAS: Delegar a la Municipalidad del Centro Poblado de Socco, las atribuciones necesarias para el cobro de

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ratifican la Ordenanza Municipal Nº 0112017-A/MDA que establece el Régimen de la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las Playas del Distrito de Asia, temporada 2018
ACUERDO DE CONCEJO Nº 213-2017-MPC Cañete, 28 de diciembre de 2017. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2017, el Oficio Nº 291-2017-A/MDA con fecha de ingreso el 26 de octubre de 2017, suscrito por el Sr. José Arias Chumpitaz ­ Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas en materia tributaria expedida por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia"; en el caso de la Provincia de Cañete, corresponderá a la Municipalidad Provincial de Cañete pronunciarse respecto

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