Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2017 (31/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano / Domingo 31 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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y Fiscalización Ambiental, el Ministerio del Ambiente (MINAM), el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y las entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local (EFA); Que, la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, aprobó el régimen común de fiscalización ambiental con el objeto de garantizar las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA, se desarrollen de manera homogénea, eficaz, eficiente, armónica y coordinada, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible del País como medio para garantizar el respeto de los derechos vinculados a la protección del medio ambiente; Que, según la Resolución del Consejo Directivo Nº 005-2017-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento de Supervisión para la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables, aplicable por las autoridades de Supervisión; Que, mediante Informe Nº 080-2017-UCFA/MDCH de la Unidad de control y Fiscalización Administrativa y el Informe Nº 1450-2017/DGAYSP de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos de la Municipalidad Distrital de Chancay, formulan y presentan el proyecto de reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Chancay; Que, mediante Dictamen Nº 004-2017/MDCHCDEPTyA, la Comisión de Regidores de Desarrollo Económico, Productivo, Turístico y Ambiental, aprueban el proyecto de Ordenanza que aprueba el reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Chancay, remitiéndolo al Concejo para su debate y aprobación de la misma; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9 y 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, la misma que consta de cuarenticinco (45) artículos, dos (02) disposiciones complementarias y cuatro (04) anexos, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza, que tiene por objeto regular el ejercicio de la función y supervisión ambiental. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Unidad de Control y Fiscalización Administrativa y demás instancias pertinentes, el cumplimiento de la presente ordenanza, así como velar por el estricto cumplimiento de los fines de la misma. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su Reglamento en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 1) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ÁLVAREZ ANDRADE Alcalde 1602528-4

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que modifica en parte el cuadro de Infracciones y Sanciones y Suprime el Código de Infracción 2-01-007, establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-MDCH, que regula el Procedimiento Administrativo Sancionador a aplicarse en el distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado las municipalidades son órganos de gobierno local que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con los límites que la propia carta magna y su ley orgánica les impone; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2011MDCH, publicado con fecha 27.10.2011, ordenanza que regula el procedimiento administrativo Sancionador a aplicarse en el distrito de Chancay, en su Artículo Segundo, se estableció: "Disponer, la publicación de la presente ordenanza municipal en el diario oficial El Peruano, y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Chancay; Que, la Unidad de Control y Fiscalización Administrativa, a través del Informe Nº 096-2017-MDCH/ UCFA de fecha 22 de noviembre del 2017, propone la modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones ­ CIS y Suprimir la Infracción Administrativa: Carecer de Carné de Sanidad o encontrarse vencido, establecido bajo el Código 2-01-007, de la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-MDCH, en mérito al numeral 10) del Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de prevención y eliminación de barreras burocráticas y del oficio Nº 1151-2017/INDECOPI-CEB; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 509-2017-MDCH/DAL de fecha 27.11.2017, opina por la procedencia de aprobar la Ordenanza Municipal que modifica en parte el Cuadro de Infracciones y Sanciones y Suprime el Código de Infracción 2-01-007, establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-MDCH, que regula el Procedimiento Administrativo Sancionador a aplicarse en el distrito de Chancay; Que, la Secretaría Técnica de INDECOPI, a través del Oficio Nº 1151-2017/INDECOPI-CEB, estableció una barrera burocrática el de tipificar como Infracción Administrativa: Carecer de Carné de Sanidad o encontrarse vencido; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego a través del Circular 0001-2017-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG y Circular Nº 0002-2017-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG, corrige el Cuadro de Infracciones y Sanciones respecto a la Infracción: Carecer de Carné Sanitario o Certificado de Salud, del Anexo 07 de la Guía para el cumplimiento de la Meta 27: elaboración del Padrón Municipal de Vehículos y Comerciantes de Alimentos Agropecuarios y Piensos; Que, la Unidad de Control y Fiscalización Administrativa, recomienda la modificación en parte del Cuadro de Infracción y Sanciones establecidos en los anexos de la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-MDCH y Suprimir la Infracción Administrativa: Carecer de Carné de Sanidad por encontrarse vencido, establecido bajo Código 2-01-007, del Cuadro de Infracción y Sanciones establecida en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-MDCH, debiendo quedar redactado de la manera siguiente: Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS II. Sanidad y Salubridad 1.- Alimentos de consumo humano Debe decir: Infracción Carecer de carné de Sanidad o (ha sido encontrarse vencido suprimido)

Modifican el Cuadro de Infracciones y Sanciones, y suprimen infracción administrativa "Carecer de carné de Sanidad o encontrarse vencido"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2017-MDCH. Chancay, 1 de diciembre del 2017

Dice: Código 2-01-007

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