Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2017 (31/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de diciembre de 2017 /

El Peruano

a) La Municipalidad Distrital de Asia b) El Cuerpo General de Bomberos del Perú c) Las Fuerzas Armadas d) La Policía Nacional del Perú e) Ambulancias en general f) Vehículos Oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local. Artículo 11º.- DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN BÁSICA En las zonas aptas para el cobro de la Tasa se publicará la siguiente información: · La Ordenanza de la Municipalidad de Asia que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal vigente. · El Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete que ratifica la Ordenanza aprobada para tal fin. · El monto de la Tasa aprobada. · El tiempo de tolerancia. · La unidad de medida. · El horario de cobro para el uso de los estacionamientos. · El número de espacios habilitados en las Playas del Distrito. Dicha información también será publicada en el Portal Web oficial de la Municipalidad de Asia. (www.muniasia. gob.pe). Artículo 12º.- TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes consignados en el artículo precedente. Artículo 13º.- USO DE LOS ESPACIOS HABILITADOS PARA ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Queda estrictamente prohibido el uso de los espacios destinados para el Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito, para el ejercicio de actividad comercial, promocional, expendio de alimentos u otra actividad. Artículo 14º.- ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUTO El monto recaudado de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del distrito constituye ingreso tributario de la Municipalidad Distrital de Asia, cuyo rendimiento está destinado a la administración y mantenimiento de dicho servicio. Su recaudación podrá efectuarse directamente, o a través de cualquier modalidad permitida por la Ley. Artículo 15º.- FIJACIÓN DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Se consideran zonas habilitadas para la prestación de servicio de estacionamiento Vehicular las que se detallan en el Artículo 9º de la presente Ordenanza. Artículo 16º.- SEÑALIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL La Municipalidad Distrital de Asia señalizará los espacios sujetos al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito. Tratándose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocará un símbolo distintivo sobre un cuadrante de fondo azul en el espacio para estacionarse. En estos últimos casos los espacios deberán señalizarse de tal forma que se distinga claramente por quienes pueden ser ocupados. Artículo 17º.- DETERMINACIÓN DE LA TASA Los Cuadros que sustentan la Estructura de Costos y la Estimación de Ingresos por el Servicio de Estacionamiento Vehicular se encuentran detallados en los Anexos Nº 01 y Nº 02, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO Apruébese el Informe Técnico que sustenta la Tasa

por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Asia, la Metodología para su Determinación y la Estimación de Ingresos por la prestación de dichos servicios, y que forma parte de la presente Ordenanza en el Anexo Nº01 y Nº 02 Segunda.- APROBACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Apruébese el Cuadro de Estructura de Costos del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las del Distrito de Asia, que constituye parte del Informe Técnico. Tercera.- ENCARGATURA Encárguese a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza a fin de prestar este servicio, a través de cualquiera de las modalidades permitidas por la Ley. Cuarta.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2018, previamente se deberá de cumplir con la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete que la ratifique, así como del texto íntegro de la Ordenanza, incluido la Estructura de Costos, Zonas y Espacios Habilitados, Estimación de Ingresos y el Informe Técnico. Sexta.- TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN El texto íntegro de la presente Ordenanza será publicada en la Portal Web de la Municipalidad de Asia: www.muniasia.gob.pe, Sétima.- DEROGACIÓN Deróguese toda norma que contravenga parcial o totalmente la presente norma. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. JOSÉ ARIAS CHUMPITAZ Alcalde 1602669-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Modifican Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 016-2016-MDCH
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2017-MDCH Chancay, 20 de setiembre del 2017 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal Nº 361-2017-MDCH/DAL, mediante el cual la Dirección de Asesoría Legal pone a consideración el proyecto de Ordenanza que modifica el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 016-2016-MDCH, que establece la necesidad de Implementar Sistemas de Cámaras de Seguridad o Video Vigilancia en los Establecimientos Comerciales ubicados en el distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú y su modificatoria Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, establece que las

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