Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2017 (31/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de diciembre de 2017 /

El Peruano

guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el Tercer Párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que estipula que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Bajo este contexto, mediante el documento indicado en el exordio, la Municipalidad Distrital de Hualmay, solicita la ratificación respectiva de la Ordenanza Municipal Nº 270-2017-MDH de fecha 29.11.2017, que establece las tasas para el 2018, de arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo de dicha entidad edil, adjuntando el respectivo Informe Técnico Sustentatorio, a fin de aplicarse el incremento de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), del 1.99% para el ejercicio 2018 de los servicios de limpieza pública (Recolección de residuos sólidos y barrido de calles), parques y jardines y serenazgo. Por lo que, mediante Informe Nº 184-2017SGDI/MPH de fecha 21.12.2017, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, luego de la revisión correspondiente, indica que los documentos presentados por la Distrital son con carácter de Declaración Jurada, asumiéndose que obran conforme a la información que ha generado dicha entidad a nivel de las sus Unidades Orgánicas, recomienda ratificar dicha Ordenanza Distrital, opinión avalada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 456-2017-GPP/MPH de fecha 22.12.2017. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 908-2017-GAJ/MPH de fecha 22.12.2017, citando la Sentencia recaída en el Expediente Nº 00041-2004-AI/TC, que indica que " (...) el procedimiento para la producción de Ordenanzas Distritales en materia tributaria, requiere de la ratificación por parte del Concejo Provincial y que dicho Acuerdo sea publicado. Solo así podrán cobrarse arbitrios válidos, pues se habrá respetado el Principio de Legalidad para la creación de normas"; recomienda que, al no existir vulneración alguna con las normas de la materia, se eleve al Pleno del Concejo Municipal, a efecto ser deliberado y posteriormente aprobado, asimismo, recomienda la publicación íntegra del presente Acuerdo, con el objeto de garantizar su eficacia jurídica; opinión ratificada por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 182-2017-GM/MPH de fecha 26.12.2017. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 270-2017-MDH de fecha 29.11.2017, emitida por la Municipalidad Distrital de Hualmay, que aprueba el Régimen Tributario de arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2018, de dicha entidad edil. Artículo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el Artículo Primero y a efecto de su vigencia, la Municipalidad Distrital de Hualmay deberá publicar el presente Acuerdo ratificatorio y el texto íntegro de su Ordenanza, hasta el 31.12.2017; conforme a lo dispuesto en el art. 69-Aº de la Ley de Tributación Municipal, modificada por Decreto Legislativo Nº 952. Regístrese y comuníquese. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1602492-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Ratifican la Ordenanza Nº 022-2017-MDCH, que aprueba la tasa de estacionamiento vehicular temporal en las playas del distrito de Chancay
ACUERDO DE CONCEJO Nº 094-2017-MPH-CM Huaral, 29 de diciembre de 2017. EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud de ratificación de la ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LAS PLAYAS DEL DISTRITO DE CHANCAY; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, como Gobierno Local, es una persona jurídica de derecho público, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, el artículo 39º del marco legal precitado, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Que, conforme al segundo y tercer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales o Distritales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Asimismo, que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidad Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2016MPH se "Aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el Ámbito de la Provincia de Huaral", la misma que establece los requisitos aplicables a la ratificación de Ordenanzas de Estacionamiento Vehicular. Que, mediante Oficio Nº 429-2017-MDCH/A, signado con Expediente Administrativo Nº 32820-2017, recepcionado con fecha 18 de diciembre de 2017, el señor Juan Álvarez Andrade, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chancay, solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 022-2017-MDCH, que Aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Chancay. Que, mediante Informe Técnico Nº 015-2017-GRAT/ MPH de fecha 21 de diciembre de 2017, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria es de la opinión que se someta a consideración del Concejo Municipal la solicitud de ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 0222017-MDCH, que Aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Chancay. Que, mediante Informe Nº 1098-2017-MPH-GAJ de fecha 26 de diciembre de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal Favorable a la solicitud de ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 022-2017MDCH, que Aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Chancay.

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