Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2017 (15/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 15 de enero de 2017 /

El Peruano

y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo­GLP y de los Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo­GLP", aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., para operar como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Licuado de Petróleo­GLP, en el ámbito de la Región Arequipa, para inspeccionar físicamente los vehículos convertidos a GLP o los vehículos originalmente diseñados para combustión a GLP (vehículo dedicado, biocombustible o dual), certificar e instalar los dispositivos de control de carga que la Dirección General de Transporte Terrestre disponga suministrar la información requerida a la Dirección General de Transporte Terrestre o a la entidad que ésta designe como Administrador del Sistema de Control de Carga de GLP, inspeccionar anualmente a los vehículos con sistema de combustión a GLP, así como realizar la certificación inicial y anual a los Talleres de Conversión a GLP autorizados por la Dirección General de Transporte Terrestre ­ DGTT, actividades que deberá realizar por el plazo de dos (02) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Es responsabilidad de la empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorización: ACTO Primera Renovación de Carta Fianza Segunda Renovación de Carta Fianza FECHA DE VIGENCIA 10 de octubre de 2017 10 de octubre de 2018

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos­ SUNARP adjuntándose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripción de los Certificados de Conformidad de Conversión a Gas Licuado de Petróleo­ GLP. Artículo 6.- La empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el marco jurídico y de sujetar su actuación a lo establecido en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo­GLP y de los Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo­GLP", aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., los gastos que originen su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Directora General Dirección General de Transporte Terrestre 1470737-1

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Delegan diversas funciones y atribuciones al Jefe de la Oficina General de Administración de la APCI durante el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 011-2017/APCI-DE Lima, 12 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; Que, de conformidad con el artículo 1, numeral 1.2, de la Ley N° 27692, la APCI tiene personería jurídica de derecho público y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; Que, de acuerdo al artículo 10, literal d), de la Ley N° 27692, y al artículo 13, literales e) y l), del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, son funciones del Director Ejecutivo dirigir técnica y administrativamente la APCI, ejerciendo la titularidad del pliego presupuestal correspondiente; y, representar legalmente e institucionalmente a la APCI ante todo tipo de autoridad o entidad pública y privada; Que, el artículo 10, literal n), de la Ley N° 27692, y el artículo 13, literal q), del precitado Reglamento, establecen que son funciones del Director Ejecutivo delegar parte de sus funciones y atribuciones, con excepción de las inherentes a su cargo y de la aprobación

En caso que la empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., no cumpla con presentar la renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ ECOMOTRIZ SUR S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN 16 de setiembre de 2017 16 de setiembre de 2018

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del artículo 5 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- El ámbito geográfico de operación de la empresa ECOMOTRIZ SUR SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA­ECOMOTRIZ SUR S.R.L., como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo­GLP, es a nivel de la Región Arequipa. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la

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