Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 20 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

25

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban la "Matriz de Programación de Metas e Indicadores en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2017-MTC/01 Lima, 13 de enero de 2017 VISTOS: El Memorándum N° 2886-2016-MTC/09.01 e Informe N° 1645-2016-MTC/09.01 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 4, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 26, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseño de políticas nacionales y sectoriales; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias, define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, estableciendo en su artículo 2, que además del cumplimiento de sus políticas y acciones sectoriales, constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, las materias que señala dicha norma; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0272007-PCM, establece, entre otros aspectos, que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorándum N° 2886-2016MTC/09.01 e Informe N° 1645-2016-MTC/09.01 de su Oficina de Planeamiento, entre otros puntos, manifiesta que teniendo como base las propuestas presentadas por las dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y los lineamientos establecidos por las Entidades Supervisoras de las Políticas Nacionales, se han definido las Metas e Indicadores a Nivel de productos para el año 2017, que permitan evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Políticas Sectoriales del MTC, que guardan correspondencia con los objetivos estratégicos generales y específicos del Sector; por lo que, propone un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la "Matriz de Programación de Metas e Indicadores en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017", conforme al Anexo adjunto; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, corresponde aprobar el documento propuesto; De conformidad con la Ley N° 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la "Matriz de Programación de Metas e Indicadores en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017", que en

Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.mtc.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1475826-1

Aprueban la segunda renovación gradual del Contrato de Concesión otorgado a AMERICATEL PERÚ S.A. mediante R.M. N° 026-2001-MTC/15.03, para la prestación de servicios públicos de telefonía fija local y portador local
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 016-2017 MTC/01.03 Lima, 18 de enero de 2017 VISTO, el Expediente Nº 2010-018991, referido a la solicitud presentada por la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. sobre la segunda renovación gradual por el plazo de cinco (5) años de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001-MTC/15.03 y sus modificatorias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2001MTC/15.03 de fecha 15 de enero de 2001, se otorgó a la empresa ORBITEL PERÚ S.A. (actualmente AMERICATEL PERÚ S.A.) concesión para la explotación de los servicios públicos de telefonía fija local y portador local, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende los departamentos de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima y la Provincia Constitucional del Callao, habiéndose suscrito el contrato de concesión con fecha 16 de enero de 2001; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 018-2001-MTC/15.03 del 16 de enero de 2001, se asignó a ORBITEL PERÚ S.A. espectro radioeléctrico correspondiente a los bloques C y G en la banda comprendida entre 3400-3600 MHz, conforme se precisa en el Anexo 1 de la citada resolución; Que, con Resolución Viceministerial N° 984-2001MTC/15.03 de fecha 07 de noviembre de 2001, se aprobó el Perfil del Proyecto Técnico de la empresa ORBITEL PERÚ S.A. para la prestación del servicio público de telefonía fija local y portador local, en las bandas aprobadas por Resolución Viceministerial N° 018-2001MTC/15.03; Que, mediante Resolución Ministerial N° 224-2003MTC/03 de fecha 21 de marzo de 2003, se aprobó la Adenda al contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03, a efectos de armonizar la fecha de inicio de los plazos para la iniciación de la prestación del servicio y del cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión. La adenda se suscribió el 20 de agosto de 2003; Que, con Resolución Ministerial N° 871-2004-MTC/03 de fecha 25 de noviembre de 2004, se amplió el área de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03, modificada por Resolución Ministerial N° 224-2003-MTC/03, de titularidad de la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., incluyendo la provincia de Cajamarca, del departamento de Cajamarca y la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco para la prestación del servicio público de telefonía fija local, en la modalidad de teléfonos públicos. Asimismo, se aprobó el Plan Mínimo de Expansión correspondiente al área ampliada, el cual se incluyó en el Anexo 2 del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.