Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 20 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

37

mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 6 233 715 495,00 (SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, crea el Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud, a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud, el cual se constituye con cargo a los recursos que se obtengan de la colocación de bonos soberanos, hasta por la suma de S/ 2 000 000 000.00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, para tal efecto, la citada Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para realizar transferencias financieras a favor del mencionado Fondo, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, hasta por la suma de S/ 2 000 000 000.00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES), que se aprueba mediante Resolución del Titular, en un plazo de treinta (30) días calendario contados desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 30518, debiendo ser publicada en el diario oficial El Peruano; Que, con Memorando Nº 044-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 012-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por la suma de S/ 2 000 000 000.00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud, destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud; Que, en ese sentido, de acuerdo a la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 2 000 000 000.00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES), Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud, destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 2 000 000 000,00) en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua,

saneamiento y salud, destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1476221-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Delegan facultades en diversos servidores del Instituto de Gestión de Servicios de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 006-2017/IGSS Lima, 13 de enero de 2017 VISTO: La Resolución Jefatural N° 584-2016-IGSS, de fecha 23 de agosto de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167, se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS) como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre-hospitalarios; las prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados, Hospitales Nacionales; y, las prestaciones de servicios de salud en los establecimientos de Lima Metropolitana; Que, a través de la Ley N° 30526 publicada el 16 de diciembre de 2016, se desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud creado por el Decreto Legislativo N° 1167 como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud; Que, el artículo 1º de la Resolución Ministerial N° 974-2016/MINSA publicada el 17 de diciembre de 2016, dispone el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, al Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30526, conformando la Comisión de Transferencia; Que, asimismo, el artículo 3º y 4º de la citada Resolución Ministerial, dispone la continuidad de la prestación de los servicios de salud a cargo del IGSS y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.