Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 20 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden; Que, el numeral 6 de la norma señalada en el considerando anterior establece que son atribuciones y funciones del Presidente del Directorio, entre otras, ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue; asimismo, el numeral 20 del artículo 7 del mismo Reglamento señala que el Directorio de la APN puede delegar el ejercicio de sus funciones en el Presidente del Directorio o en el Gerente General; Que, mediante distintos acuerdos, el Directorio de la APN delegó anteriormente en su Presidente, en el Gerente General y el Jefe de la Oficina General de Administración el ejercicio de algunas funciones correspondientes al Titular del Pliego; Que, en virtud a lo establecido en los artículos 65.1 y 67 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la delegación de facultades no tiene un carácter indefinido en el tiempo, motivo por el cual resulta necesario volver a delegar dichas funciones en los órganos antes mencionados; Que, por otro lado, la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala en el artículo 40 inc. 40.2) que las modificaciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Que, en mérito a los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar el ejercicio de las siguientes funciones correspondientes al Titular del Pliego, desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2017: En la Presidencia del Directorio: - Aprobar, mediante la resolución correspondiente, la incorporación en el Presupuesto Institucional de mayores fondos públicos de los recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, que resulten de la aplicación del Decreto de Urgencia N° 0472009, para su posterior transferencia al Fondo Social que corresponda. - Aprobar, mediante la resolución correspondiente, la desagregación de recursos de transferencias de partidas o créditos suplementarios autorizados por norma legal expresa. - Aprobar e iniciar las gestiones ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de las propuestas de proyectos de decreto supremo para incorporación de recursos al presupuesto de la APN, provenientes de procesos de concesión en el marco de lo dispuesto por la Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el año fiscal que corresponda. - Aprobar los Estados Financieros de la Autoridad Portuaria Nacional, correspondientes al 1° Trimestre (a marzo), 1° Semestre (a junio) y 2° Trimestre (a septiembre) de cada ejercicio, con cargo a informar al Directorio sobre el cumplimiento en cada oportunidad de la remisión a la Dirección General de Contabilidad Pública del MEF. En la Gerencia General: - Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la APN y modificaciones. - Aprobar las Contrataciones Directas conforme a los literales: e), g), j), k), l), m) del artículo 86° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el artículo 27 de dicha Ley. - Designar los Comités de selección para los procedimientos de selección. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de bienes y servicios. - Resolver las apelaciones e impugnaciones referidas a los procedimientos de selección.

- Aprobar las Bases de procedimientos de selección de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. - Aprobar los Expedientes de Contratación de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. - Aprobar los Procesos de estandarización de bienes o servicios - Suscribir contratos, adendas y contratos complementarios de procedimientos de selección de Concursos Públicos y Licitaciones Públicas. - Aprobar los Expedientes de Contratación y de los Documentos de Procedimientos, en aquellos casos en los que se presente la imposibilidad que la Oficina General de Administración - OGA pueda ejercer las atribuciones delegadas. - Aprobar el Plan Anual del Órgano de Administración de Archivos, el Programa de Control de Documentos y cualquier otro documento normativo y/o de gestión referido al tema de los archivos de gestión o archivo central. - Designar encargaturas temporales de profesionales, jefes o directores de los distintos órganos conformantes de la APN, ante ausencia justificada del titular. - Aprobar las Directivas y Lineamientos para su aplicación en todas las Direcciones, Unidades y Oficinas de la APN. - Emitir resoluciones para formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. - Aprobar las modificaciones al Plan Operativo Institucional. - Aprobar el Plan Operativo Informático y sus actualizaciones, así como la formulación, registro y evaluación del citado plan. - Aprobar las actualizaciones al Plan Estratégico de Tecnologías de la Información. - Aprobar las actualizaciones al Plan Estratégico de Gobierno Electrónico. - Aprobar las resoluciones de estandarización de marcas para adquisiciones tecnológicas. - Aprobar las contrataciones cuyo valor sea superior a los ocho (8) UIT y hasta cien (100) UIT. En la Oficina General de Administración: - Aprobar el Expediente de Contrataciones de los procedimientos de selección Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales y comparación de Precios. - Aprobar los documentos del procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contratación Directa. Suscribir Contratos, Adendas, Contratos Complementarios, Orden de Servicio u Orden de Compra de los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contratación Directa, según lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Tanto la Gerencia General como la Oficina General de Administración darán cuenta trimestralmente de las acciones que ejecuten de acuerdo con la delegación de facultades que el Directorio les haya conferido. Artículo 2º.- En el caso de los procesos de selección en los que los montos sean mayores a 100 UITs, se requerirá del conocimiento y conformidad previos de los miembros del Directorio. Teniendo en cuenta la necesidad y urgencia de la contratación, la consulta a los miembros del Directorio podrá realizarse por vía electrónica y la respuesta deberá ser remitida por el mismo medio en el plazo máximo de 48 horas. En los casos de emergencia debidamente comprobada, queda delegada en el Presidente del Directorio la aprobación de la contratación, con cargo a informar al Directorio en la sesión siguiente. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a todas las direcciones y unidades que conforman la APN, a fin que tomen conocimiento de lo dispuesto en ella. Artículo 4º.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el portal Web de la Autoridad Portuaria

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