Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de enero de 2017 /

El Peruano

2. De autos se verifica que el regidor Marco Stalin Contreras Prada no asistió a las sesiones ordinarias N.° 16, 17, 18 y 19 de fechas 25 de agosto, 14 y 26 de setiembre y 10 de octubre de 2016. Es así que, en la sesión extraordinaria del 25 de octubre de 2016, el concejo distrital declaró su vacancia, debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Esta decisión se notificó a la autoridad afectada el 26 de octubre de 2016 (fojas 30). Asimismo, del contenido de la Resolución de Alcaldía N.° 49-2015-MDSJCHAY-APU, del 18 de noviembre de 2016 (fojas 41 y 42) se acredita que el regidor no presentó ningún recurso impugnatorio contra el referido acuerdo de concejo. 3. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Eusibio Faustino Ríos Alarcón, identificado con DNI N.° 09377833, candidato no proclamado del Movimiento Regional Movimiento Independiente Fuerza Campesina Regional, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 27 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marco Stalin Contreras Prada como regidor del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Eusibio Faustino Ríos Alarcón, identificado con DNI N.° 09377833, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de Chacña, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ SAMANIEGO MONZÓN Secretario General 1478937-3

provincia de San Pablo, departamento de Cajamarca, debido a que se declaró la vacancia de José Odino Barrantes Cueva, regidor de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo de la Municipalidad Distrital de Tumbaden, del 7 de octubre de 2016 (fojas 10 a 12), el mencionado concejo distrital con la asistencia de cuatro de sus seis miembros, por unanimidad, declaró la vacancia del regidor José Odino Barrantes Cueva, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Por tal razón, el alcalde distrital comunica dicha decisión a este órgano colegiado, mediante escrito, recibido el 15 de noviembre de 2016 (fojas 2), a fin de que se proceda a convocar al suplente que reemplazará en el cargo al regidor afectado, además, adjunta tasa por derecho de trámite (fojas 6). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que el regidor José Odino Barrantes Cueva no asistió a las sesiones ordinarias de concejo conforme al siguiente detalle: Fecha 15-04-2016 22-04-2016 06-05-2016 13-05-2016 20-05-2016 27-05-2016 03-06-2016 10-06-2016 17-06-2016 24-06-2016 07-07-2016 14-07-2016 21-07-2016 04-08-2016 11-08-2016 18-08-2016 25-08-2016 01-09-2016 08-09-2016 15-09-2016 22-09-2016 29-09-2016 06-10-2016 13-10-2016 27-10-2016 N° de Acta 09-2016 10-2016 11-2016 12-2016 13-2016 14-2016 15-2016 16-2016 17-2016 18-2016 19-2016 20-2016 21-2016 22-2016 23-2016 24-2016 25-2016 26-2016 27-2016 28-2016 29-2016 30-2016 31-2016 32-2016 33-2016

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Tumbaden, provincia de San Pablo, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 1260-2016-JNE Expediente Nº J-2016-01389-C01 TUMBADEN - SAN PABLO - CAJAMARCA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Wilder Herrera Cabanillas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tumbaden,

Es así que, en la sesión extraordinaria del 7 de octubre de 2016, el concejo distrital declaró su vacancia, debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Esta decisión se notificó a la autoridad afectada el 11 de octubre de 2016, siendo recibida por Eustaquia Cueva, identificada con DNI N° 28069092 (fojas 14). 3. Asimismo, la secretaria del concejo de la Municipalidad Distrital de Tumbaden emite constancia del 9 de noviembre de 2016 (fojas 21), que certifica que el

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