Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Martes 7 de febrero de 2017 /

El Peruano

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales a la empresa INNOVA RE SAC CORREDORES DE REASEGUROS, con matrícula Nº C.RE-068. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Secretario General (a.i.) 1482367-1

a la concurrencia de los administrados a pagar sus multas, quienes requieren de un plazo mayor para el cumplimiento de sus obligaciones; lo cual es corroborado por la Gerencia de Fiscalización y Control mediante Informe Nº 001-2017-MDA/GFC; Que, mediante Informe Nº 096-2017-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que mediante Decreto de Alcaldía se disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 431-MDA, de acuerdo al plazo solicitado; Que, mediante Proveído Nº 175-2017-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan vigencia de Ordenanza que establece el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas y Deudas Originadas por concepto de Internamiento Vehicular en el Depósito Oficial Municipal Vehicular
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2017/MDA Ate, 3 de febrero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 160-2017-MDA/GFC-SGCOS de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones; el Informe Nº 001-2017-MDA/GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control; el Informe Nº 096-2017-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 1752017-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 431-MDA, de fecha 29 de diciembre del 2016, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 17 de enero del 2017, se aprobó el "Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas y Deudas Originadas por concepto de Internamiento Vehicular en el Depósito Oficial Municipal Vehicular en el Distrito de Ate"; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Primera Disposición Final y Complementaria, señala que el plazo de vigencia de la misma es por 15 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación; asimismo, en su Segunda Disposición Final y Complementaria, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que fueran necesarias, así como aprobar la prórroga de su vigencia; Que, mediante Informe Nº 160-2017-MDA/GFCSGCOS, la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones señala que es conveniente ampliar la vigencia de la referida Ordenanza por 15 días adicionales, debido

Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 431-MDA, que Establece el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas y Deudas Originadas por concepto de Internamiento Vehicular en el Depósito Oficial Municipal Vehicular en el Distrito de Ate, por 15 días hábiles adicionales más; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1482680-2

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Establecen Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de Lurín
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 331-2017-ML Lurín, 27 de enero del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Enero de 2017, visto el Memorándum Nº 051-2017-GR/ML de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 054-2017-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al "Proyecto de Ordenanza que otorga facilidades de pago en deudas tributarias y no tributarias", y; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en los artículos 194° y 195° numeral 4) de la Constitución Política del Perú, sobre descentralización; asimismo en concordancia con el artículo 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, 1) promueven el desarrollo

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