Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2017 (11/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de febrero de 2017 /

El Peruano

especifica que en Recursos Ordinarios alcanzó el 99.0%, en Recursos Directamente Recaudados 96%, en Operaciones Oficiales de Crédito 97.1%, y en Donaciones y Transferencias 67.8%; y, iv) Anexo 04: Ejecución Presupuestal a nivel de Unidades Ejecutoras del Pliego 04 Poder Judicial.- Señala que las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ica, Cusco, Santa, Huánuco y Piura ejecutaron el 100% de su presupuesto. Asimismo, las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Áncash, Puno, Callao, Cajamarca y Junín alcanzaron entre el 99.9% al 99.6% de ejecución presupuestal; y, la Gerencia General, Corte Superior de Justicia de Lima y Unidad de Coordinación de Proyectos alcanzaron el 97.6%, 97.4% y 92.4%, respectivamente, en la ejecución presupuestal 2016. Tercero. Que, en tal virtud, el referido informe significa que el Poder Judicial se encuentra entre las instituciones públicas más eficientes en el uso de su presupuesto asignado para el Ejercicio Fiscal 2016, registrando un avance del 98.3% en la ejecución del mismo; por lo que, se ubica en el segundo lugar entre las instituciones del Estado, a nivel Gobierno Central, que demuestran eficiencia en su capacidad de gasto en dicho periodo. Cuarto. Que, en tal sentido, resulta necesario reconocer y felicitar a las Cortes Superiores de Justicia que han superado el 99% de ejecución presupuestal para el año 2016, a nivel de Unidades Ejecutoras del Pliego 04 Poder Judicial; es decir, aquellas que gestionan y administran los recursos que se le asignan, entre las cuales se encuentran las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Lambayeque, La Libertad. San Martín, Ica, Cusco, Santa, Huánuco, Piura, Arequipa, Áncash, Puno, Callao, Cajamarca y Junín. Asimismo, hacer extensivo dicho reconocimiento y felicitación a los Presidentes de las Cortes Superiores antes mencionadas y a sus respectivos equipos técnicos. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 0162017 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Expresar reconocimiento y felicitación a las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Lambayeque, La Libertad. San Martín, Ica, Cusco, Santa, Huánuco, Piura, Arequipa, Áncash, Puno, Callao, Cajamarca y Junín; así como, a los Presidentes de las mencionadas Cortes Superiores; y a sus respectivos equipos técnicos, por su alto grado de capacidad de gasto, eficiencia en el uso de los recursos financieros y éxito en la gestión en sus correspondientes Unidades Ejecutoras, durante el año 2016, permitiendo que el Poder Judicial se encuentre ubicado en el segundo lugar entre las instituciones públicas a nivel de Gobierno Central que demostraron eficiencia en la ejecución de gasto durante el Ejercicio Fiscal 2016. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Lambayeque, La Libertad. San Martín, Ica, Cusco, Santa, Huánuco, Piura, Arequipa, Áncash, Puno, Callao, Cajamarca y Junín; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLI APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1484786-3

Aprueban el "Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 014-2017-CE-PJ Lima, 11 de enero de 2017 VISTOS: El Oficio N° 496-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y el Informe N° 66-2016--NOR-ST-ETI-CPP/PJ, remitido por el Componente de Normativo del referido Equipo Técnico. CONSIDERANDO: Primero. Que la implementación progresiva del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional constituyó un reto para los operadores de justicia, pues implicaba asumir la necesidad de cambio al modelo determinado por el Código de Procedimientos Penales de 1940; así, se debía interiorizar un nuevo modelo procesal donde se implementa el despacho judicial penal corporativo, basado en la separación de las funciones jurisdiccionales y administrativas. Segundo. Que, en ese contexto, es necesario la elaboración de un Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República, basado en el principio de especialización de funciones, que diferencia la función jurisdiccional a cargo de los Jueces de Investigación Preparatoria, Juzgamiento ( Unipersonal o Colegiado), y la Sala Penal de Apelaciones, denominada "Área Jurisdiccional", siendo la función exclusiva de los jueces el de resolver con independencia e imparcialidad las pretensiones contenidas en requerimientos y/o solicitudes presentadas por los sujetos procesales; y, por otro lado, la función administrativa, a cargo y bajo supervisión del Administrador del Código Procesal Penal, denominada "Área de Apoyo a la Función Jurisdiccional", que brinda soporte integral al área jurisdiccional, donde se privilegia la oralidad a través de la realización de las audiencias, con miras a un sistema de gestión de calidad y mejora continua del servicio de justicia. Tercero. Que, a través del citado informe técnico, se validó el "Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República", constituyendo una forma de organización de trabajo moderno y eficiente, diseñado conforme a los principios y normas del Nuevo Código Procesal Penal, cuyo objetivo primordial es el de garantizar a los usuarios una atención de calidad del servicio público de administrar justicia en la especialidad penal. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 017-2017 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República", el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución.

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