Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2017 (16/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 16 de febrero de 2017 /

El Peruano

Personal Provisional ­ CAP-P es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Asimismo, las normas referidas al CAP-P que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentra establecidas, entre otros, en el Anexo 4 de la aludida Directiva; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2 del Anexo 4 de la citada Directiva, las entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público; asimismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP-P en el Año fiscal; Que mediante Decreto Supremo N° 007-2016-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, contemplando la nueva estructura orgánica de la Entidad, disponiendo en su Primera Disposición Complementaria Transitoria que para efectos de su implementación y en tanto se apruebe el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), el Ministerio de Salud aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 493-2016/MINSA de fecha 13 de julio de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) del Ministerio de Salud; Que, mediante las Resoluciones Directorales N°s 1256 y 1626-2016-OGRH/SA y Resoluciones Directorales N°s 1606 y 1655-DISA II-LS/DG, se nombraron en el Pliego 011-Ministerio de Salud a setenta y uno (71) servidores, entre, Profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales, en virtud a la autorización de nombramiento establecida en el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, en ese contexto, mediante Memorándum N° 2272017-OGRH/MINSA e Informe N° 026-2017-EPP/OARH/ OGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos sustenta el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) reordenado del Pliego 011-Miniserio de Salud; Que, asimismo, a través del Informe N° 008-2017-OGPPM-OOM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto en mención; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP-Provisional podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad previo informe de la Oficina de Recursos Humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización o quien haga sus veces; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Salud, en concordancia con su estructura orgánica vigente; Con las visaciones de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, que aprueba las modificaciones a la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la

elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad- CPE"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Salud Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Salud, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y el Anexo a que hace referencia el artículo 1, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa. gob,pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1486353-2

Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal de cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 096-2017/MINSA Lima, 14 de febrero del 2017 Visto, el Expediente N° 17-012945-001, conteniendo el Memorando N° 147-2017-DVM-SP/MINSA, del Viceministerio de Salud Pública; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, de conformidad con los literales b) y d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2016-SA, el Despacho Viceministerial de Salud Pública tiene por funciones, entre otras, formular, proponer, implementar, ejecutar, evaluar y supervisar las intervenciones de prevención, promoción y protección de la salud de la población, de conformidad con la respectiva política nacional de salud; así como proponer y supervisar programas, lineamientos y normas, conduciendo planes nacionales y estrategias de salud pública en materia de cáncer, salud en las escuelas, salud mental, entre otros, en el ámbito de su competencia; Que, con el documento del visto, el Viceministerio de Salud Pública propone la conformación de un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú, dado que existiría la posibilidad de tratar una serie de condiciones médicas tales como glaucoma, sida, dolor neuropático, cáncer, esclerosis múltiple, náuseas inducidas por quimioterapia y ciertos trastornos convulsivos; Estando a lo propuesto por el Viceministerio en Salud Pública;

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