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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (16/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 16 de febrero de 2017 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD; asimismo el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 142-PE-ESSALUD-2017 Lima, 6 de febrero del 2017VISTOS:Las Cartas Nros. 023, 0071 y 0086-GCPD- ESSALUD-2017 y 023-GCPP-ESSALUD-2017 y los Informes Técnicos Nros. 002-GOP-GCPD-ESSALUD-2017 y 004-GOP-GCPP-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta N° 1869-GCAA-GG-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Atención al Asegurado; las Cartas Nros. 119 y 330-GCAJ-ESSALUD-2017 y los Informes Nros. 26 y 75-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por fi nalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud – ESSALUD a fi n de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y e fi ciencia; Que, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fi n de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión; Que, con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3° se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan; Que, asimismo, en los artículos 30° y 31° de los citados lineamientos se señala la información que debe contener los Informes Técnicos Sustentatorios para sustentar la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud – ESSALUD, la misma que fue modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226 y 601-PE-ESSALUD-2015, siendo aprobado el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modi fi catorias; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 105-PE-ESSALUD-2016 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren, en cuyo artículo 23° se consigna como Órgano de Apoyo, a la Unidad de Atención al Asegurado; Que, es preciso indicar que en el numeral 6 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 394-PE-ESSALUD-2016 de fecha 19 de agosto de 2016 se dispuso que la Gerencia Central de Atención al Asegurado presente a la ex Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo en el plazo de sesenta (60) días la propuesta de transferencia de recursos para la implementación progresiva de las áreas funcionales denominadas O fi cinas de Atención al Asegurado en las IPRESS de ESSALUD; Que, mediante Carta N° 1869-GCAA-GG- ESSALUD-2016 la Gerencia Central de Atención al Asegurado solicitó a la ex Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, que en el marco de los lineamientos estratégicos de la entidad, se reevalúe la propuesta de transferencia de recursos dispuesta en el numeral 6 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 394-PE-ESSALUD-2016; Que, de acuerdo al literal m) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y modi fi catorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y órganos desconcentrados; Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45° del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modi fi cación de la estructura, funciones y procesos propuestos por PLIEGOUNIDAD EJECUTORAPROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FINALIDAD2.3 BIENES Y SERVICIOS TOTAL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ÁNCASH 2,500,000 451. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD400-845: REGION LA LIBERTAD- SALUD0068: REDUCCION DE VULNERABILIDAD Y ATENCION DE EMERGENCIAS POR DESASTRES3000001: ACCIONES COMUNES5005978 Atención frente a lluvias y peligros asociados0180105 Movilización y atención de brigadas 147,500 0212133 Atención de daños a la salud de las personas 695,932 0212134 Control de brotes y epidemias 1,056,968 0212135 Tratamiento de Agua para Consumo Humano99,600 TOTAL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 2,000,000 TOTAL GENERAL 9,500,000 1486521-1