Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2017 (24/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 24 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
respectivamente, requerida. acompañando la

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documentación

RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, de fecha 03.04.2009, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE MÉDICO CIRUJANO, a doña MARIA SUSANA ROJAS PALOMINO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 480, registrado a Fojas 041 del Tomo 032-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Medicina Humana. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1488759-1

CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Debe considerarse, sin embargo, que para aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia por causal de fallecimiento de la autoridad municipal, la Resolución Nº 5392013-JNE ha considerado que resultaría contrario a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, así como atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. Siendo así, al encontrarse acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante certificado y acta de defunción respectivas (fojas 15 y 17), corresponde declarar la vacancia de Winiston Pinchi Guerra, regidor del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo. Entonces, conforme lo dispone el artículo 24, numeral 2, de la LOM, en caso de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el presente caso, corresponde convocar a Geny Del Águila García, identificada con DNI Nº 01132387, candidata no proclamada del partido político Alianza para el Progreso. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Martín, con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Winiston Pinchi Guerra como regidor de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, emitida con motivo de las elecciones regionales y municipales del año 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Geny Del Águila García, identificada con DNI Nº 01132387, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, y complete así el periodo de gobierno municipal 2015-2018, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1489654-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0054-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01470-C01 SAN MARTIN - SAN MARTIN - LA BANDA DE SHILCAYO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dos de febrero de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada el 27 de diciembre de 2016 por Luis Antonio Neira León, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, al haberse declarado la vacancia del regidor Winiston Pinchi Guerra, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesión extraordinaria, de fecha 30 de noviembre de 2016 (fojas 13 y 14), el Concejo Distrital de la Banda de Shilcayo declaró la vacancia del regidor Winiston Pinchi Guerra al haberse configurado la causal prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante, LOM), esto es, por muerte del indicado regidor. Dicha decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo Nº 028-2016-MDBSH, de la misma fecha (fojas 5 y 6). En tal sentido, con el escrito de fecha 27 de diciembre de 2016, el alcalde pone en conocimiento del máximo tribunal electoral la declaratoria de vacancia y el acuerdo adoptado. Mediante Oficio Nº 07356-2016-SG/JNE del 29 de diciembre de 2016 (fojas 10), se requirió al alcalde distrital de La Banda de Shilcayo que cumpla con remitir el acta de la sesión extraordinaria del 30 de noviembre de 2016, el acta y certificado de defunción de Winiston Pinchi Guerra, así como el original del comprobante de pago por concepto de convocatoria de candidato no programado; pedido que fue absuelto y cumplido mediante Oficios Nº 012-2017-MDBSH y Nº 039-2017-MDBSH, recepcionados el 12 y 27 de enero de 2017,

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