Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de julio de 2017 /

El Peruano

aplicación de la presente Ordenanza, así como disponer la prórroga de la misma, de ser necesario. Segunda.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" a Secretaría General, y su difusión en el Portal institucional (www.municieneguilla.gob.pe) a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1540174-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Ordenanza que fija Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a tributos municipales en moneda nacional, administrados por la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 182-2017-MDP/C Pachacámac, 21 de junio del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Junio del 2017, el Informe Nº 045-2017-MDP/GR de fecha 25 de Abril del 2017 e Informe Nº 179-2017MDP/GAJ de fecha 26 de Mayo del 2017, emitido por la Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente, sobre proyecto de "Ordenanza Municipal que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los Tributos Municipales en Moneda Nacional, administrados por la Municipalidad Distrital de Pachacámac", y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política y administrativa de los gobiernos locales otorgándoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 133-2013-EF. Que, los Gobiernos Locales tienen la facultad de aprobar la Tasa de Interés Moratorio (TIM), aplicable a los tributos que administran conforme lo dispone el Artículo 33º del TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la misma que no podrá superar a la fijada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ­ SUNAT. Que, la Resolución de Superintendencia Nº 0532010-SUNAT, publicada el 17 de Febrero del 2010 en el Diario Oficial El Peruano, fija la Tasa de Interés Moratorio - TIM a las deudas tributarias en moneda nacional por tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT en uno y dos décimas por ciento (1.2%) mensual. Que, con Informe Nº 045-2017-MDP/GR de fecha 25 de Abril del 2017, la Gerencia de Rentas, expone que es necesario fijar en uno punto dos por ciento (1.2%) mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicables a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de Pachacámac.

Que, a través del Informe Nº 179-2017-MDP/GAJ de fecha 26 de Mayo del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la aprobación de la Ordenanza Municipal que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los Tributos Municipales en Moneda Nacional, administrados por la Municipalidad Distrital de Pachacámac, previo sometimiento al pleno del concejo municipal para su debate y/o aprobación. Que, la Municipalidad Distrital de Pachacámac con el objeto de aplicar y dar cumplimiento a las normativas centrales vigentes, considera apropiado tomar como referencia la tasa de 1.2% mensual establecido por la SUNAT para sus propias deudas. Que, por lo expuesto es necesario se proceda a actualizar el marco normativo municipal en materia tributaria en la jurisdicción del Distrito de Pachacámac conforme a las normas vigentes, por ello se propone la presente Ordenanza, dentro del marco normativo. Que, de acuerdo a los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos" y "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley". Que, asimismo conforme al Artículo 40º de la acotada Ley Nº 27972, "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.(...) " Estando a lo expuesto, con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A TRIBUTOS MUNICIPALES EN MONEDA NACIONAL, ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- FIJAR en uno punto dos por ciento (1.2 %) mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el debido cumplimiento de la presente norma, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática su implementación en el Sistema de Gestión Municipal de Rentas, a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión y a Secretaria General su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1540351-1

Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Pachacámac para el periodo 2017 - 2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 183-2017-MDP/C Pachacámac, 21 de junio del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC

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