Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2017 (11/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 11 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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conocimientos que mejoren los sistemas de laboratorio con el fin de asegurar la calidad de los recursos, controlar las posibles fuentes de alteración ambiental y fortalecer la vigilancia sanitaria que realiza el SANIPES en el sector pesquero y acuícola; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; y que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Carlos Ernesto Bustamante Donayre, Director Ejecutivo del SANIPES, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 15 al 23 de julio de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con el visado de la Dirección Ejecutiva del SANIPES y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Ernesto Bustamante Donayre, Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 15 al 23 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Carlos Ernesto Bustamante Donayre Viáticos por 7 días US$ 540.00 Pasaje aéreo por día (6 días de viáticos + 1 TOTAL (Incluido por concepto de instalación y US$ TUUA) US$ traslado) 2,130.00 3,780.00 5,910.00

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan prórroga de viaje a Venezuela, efectuado por servidor en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0506/RE-2017 Lima, 10 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº0490-2017RE, se autorizó el viaje en comisión de servicios del Servidor Administrativo, Nivel STB Julio César Cleque Heirisman, de la Oficina de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Apoyo a la Gestión Institucional; a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 03 al 07 de julio del 2017; Que por necesidad del Servicio, se requiere ampliar en seis (6) días el viaje en comisión de servicios del referido técnico, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Que, mediante el memorándum OGI0241/2017 de la Oficina de Tecnologías de la Información, se comunica la necesidad de instalación del Kit Básico de Comunicaciones Seguras - KBCS, con el fin de garantizar la seguridad de las comunicaciones y bienestar de los funcionarios que ahí laboran: Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º 2170, del Despacho Viceministerial, de 7 de julio de 2017; y, la Memoranda (OGI) N.º OGI0268/2017, de la Oficina General de Apoyo a la Gestión Institucional, de 7 de julio de 2017; y (OPR) N.º OPR00202/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 10 de julio de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatoria; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM; la Ley Nº 29357; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la prórroga de viaje, en comisión de servicios, del Servidor Administrativo, Nivel STB Julio César Cleque Heirisman, de la Oficina de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Apoyo a la Gestión Institucional, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 8 al 12 de julio de 2017, para continuar con la implementación señalada en la parte considerativa de la presente resolución; Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0088434 Desarrollo, Operación y Mantenimiento de Recursos Informáticos y Comunicaciones, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos (diferencia tarifa + Número por día penalidad) de días US$ US$ 261.00 370.00 5 Total viáticos US$ 1850.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1542473-3

Nombres y Apellidos Julio César Cleque Heirisman

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado Servidor

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