Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2017 (11/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 11 de julio de 2017 /

El Peruano

Administrativo deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1542399-1

SALUD
Conforman el Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública respecto a temas del curso de vida adulto mayor
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 530-2017/MINSA Lima, 7 de julio del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-045665-001, que contiene las Notas Informativas N°s 707-2016-DGIESP/MINSA y 454-2017-DVICI-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; Que, el artículo 4 de la referida Ley establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, asimismo los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, disponen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, dispone que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer,

Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIH- SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u originarios; Que, el último párrafo del artículo 63 del precitado Reglamento dispone que para el mejor desarrollo de sus funciones puede contar con un Comité de Expertos, ad honorem conformado por profesionales, especialistas, representantes de entidades pública e instituciones privadas, sociedad civil, así como organismos internacionales, los cuales brindan recomendaciones y asesoramiento especializado para sustentar la toma de decisiones basados en evidencia; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el Informe N° 449-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública respecto a temas del curso de vida adulto mayor, integrado por: MIEMBROS PERMANENTES - Luis Fernando Varela Pinedo Vicerrector Académico de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y médico geriatra del Hospital Cayetano Heredia. - Helver Alejandro Chávez Jimeno Director del Instituto de Gerontología de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y médico especialista en Geriatría del Hospital Cayetano Heredia y médico geriatra del Hospital Cayetano Heredia. - Tania Tello Rodriguez Médico geriatra del Instituto de Gerontología de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, docente de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y médico especialista en Geriatría del Hospital Cayetano Heredia. - Paola Marcelina Casas Vásquez Miembro del Instituto de Gerontología de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, docente de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y médico especialista en Geriatría del Hospital Cayetano Heredia. - Beatriz Marcela Mar Meza Presidente de la Sociedad Peruana de Geriatría, miembro de la Academia Latinoamericana de Medicina del Adulto Mayor y médico especialista en Geriatría del Hospital Central FAP "Comandante FAP Médico Juan Benavides Dorich". MIEMBROS INVITADOS - Santiago Antonio Herrera Morales Médico especialista en Geriatría del Departamento Médico del Hospital Sergio E. Bernales. - Esther Angélica Escalante López Jefa del Servicio de Hospitalización del Hospital Geriátrico PNP San José.

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