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1 AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO NORMAS LEGALES M IÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 Gerente General: Rolando Vizarraga R.Año XXXIV - Nº 14138 SUMARIO PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 074-2017-PCM.- Prórroga del Estado de Emergencia declarado en el distrito de Tumán, provincia de Chicl ayo, departamento de Lambayeque 1 ECONOMÍA Y FINANZAS D.S. N° 205-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupu esto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque 3 D.S. N° 206-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupu esto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Ministerio de la Producción y Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES 4 D.S. N° 207-2017-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Pr esupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de la Municipalidad Distrital de Lincha 6 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Prórroga del Estado de Emergencia declarado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque DECRETO SUPREMO N° 074-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;Que, asimismo, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, decretado en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2017-PCM, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 12 de junio de 2017, se declara por el término de treinta (30) días calendario el Estado de Emergencia en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante O fi cio N° 654-2017-DGPNP/SA, el Director General de la Policía Nacional del Perú recomienda la prórroga del Estado de Emergencia declarado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo del departamento de Lambayeque, a fi n de prevenir actos de grave alteración del orden público, evitar EDICIÓN EXTRAORDINARIA