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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2017 (12/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 El Peruano / y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (...)”; Que, mediante Memorándum Nº202-2017-GM/ MDSR, de la Gerencia Municipal se señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2017-2021; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto UNANIME de los Miembros del Consejo, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL PARA EL PERIODO 2017-2021 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- Incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para el periodo 2017-2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado de Santa Rosa como parte de la Línea Estratégica de Desarrollo Económico y Sostenible. Artículo Tercero.- Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Cuarto.- La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa corresponde a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal. Artículo Quinto.- Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Participación Vecinal es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Sexto.- La Gerencia Municipal y las Gerencias de Planeamiento, de Presupuesto y de Administración son responsables del fi nanciamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Distrital de Santa Rosa para el periodo 2017-2021. Artículo Séptimo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente ordenanza en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1542664-1MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 559-MSS, que ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2017 ORDENANZA Nº 562-MSS Santiago de Surco, 15 de junio de 2017EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 05-2017-CSCTSV- CAJ-MSS de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial, y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2324-2017-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 373-2017-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 464-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1208-2017-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 559-MSS, que ratifi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2017; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…)”. Asimismo el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, con fecha 03.06.2017, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Ordenanza Nº 559-MSS que rati fi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Informe Nº 001-2017-CODISEC- MSS del 23.01.2017, el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, remite la propuesta de Ordenanza que Rati fi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2017, aprobado por el CODISEC conforme al Acta de Aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de fecha 10.01.2017. Asimismo, conforme a su sesión de fecha 24.03.2017, el CODISEC aprobó la actualización del citado Plan; Que, con Memorándum Nº 1208-2017-GSEGC-MSS del 14.06.2017, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone la modi fi cación del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 559-MSS que rati fi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2017, señalando que por recomendación de la Dirección General de Seguridad Ciudadana - MININTER, deberá consignarse en dicho artículo el Acta del CODISEC de fecha 24.03.2017; Que, con Informe Nº 464-2017-GAJ-MSS del 14.06.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente la modi fi cación de la Ordenanza Nº 559- MSS que rati fi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana