Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

Artículo Décimo Segundo.- RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Y LA SUBGERENCIA DE PROGRAMAS SOCIALES La Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Programas Sociales tendrán la responsabilidad de la coordinación, implementación, seguimiento y evaluación de las acciones de prevención y cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Décimo Tercero.- RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA La Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la Subgerencia de Fiscalización, tendrá la responsabilidad de vigilar y aplicar a los infractores, las sanciones establecidas en el presente dispositivo, conforme a los procedimientos establecidos en la Ordenanza N° 016MDMP, que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Artículo Décimo Cuarto.INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. Para determinar el inicio del procedimiento administrativo sancionador, la Subgerencia de Fiscalización, tomará en cuenta, además de la declaración jurada de la(s) persona(s) afectada(s), otras pruebas que resulten pertinentes para determinar la responsabilidad del presunto infractor y, de ser el caso, la aplicación de la sanción administrativa correspondiente, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales a que hubiera lugar. Artículo Décimo Quinto.- FACÚLTESE, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para una adecuada y menor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Décimo Sexto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal Institucional (www.munimiperu.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Décimo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación del presente dispositivo a las unidades competentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1543123-4

GECD, de la Gerencia de Educación Cultura y Deporte, quien presenta el Proyecto de Ordenanza respecto del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021 de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, el Informe N° 097-2017-GPP/MDMP, suscrito por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 112-2017/ MDMP-GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de La Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 11 del artículo 82° del Capítulo II, indica las competencia y funciones específicas de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados". Que, el numeral 19 del artículo 82° del Capítulo II, de la acotada Ley, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Promover actividades culturales diversas". Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 0022014-MC, Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (...)" Que, mediante el Decreto Supremo N° 394-2016-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017 y aprueba otras medidas; por lo que ese contexto corresponde a la Municipalidad distrital de Mi Perú, el cumplimiento de la Meta 06, en el "Desarrollo y Aprobación de un Plan Municipal del Libro y la Lectura", durante el período 2017 ­ 2021. Que, el Plan Municipal del Libro y la Lectura periodo 2017-2021, ha establecido como objetivo general promover el acceso y fomentar el hábito de la lectura en el distrito de Mi Perú, con el fin de cumplir con la meta 06 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2017, es necesario que el concejo municipal apruebe, dicho plan, mediante ordenanza municipal. Que, a través del Informe N° 048-2017-MDMP/ GECD, de la Gerencia de Educación Cultura y Deporte, se presenta el Proyecto de Ordenanza sobre el Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021 de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Que, con el Informe N° 097-2017-GPP/MDMP, suscrito por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, se indica que el presente proyecto ha sido elaborado considerando la normativa legal, teniendo como objetivo principal una política pública de mejoramiento de la calidad educativa y la formación integral de la comunidad del Distrito de Mi Perú; opinando favorablemente su aprobación. Que, mediante el Informe N° 112-2017/MDMPGAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica, se anota que de la evaluación de la documentación, es de opinión que el presente proyecto de ordenanza es beneficioso para la población de Mi Perú; opinando favorablemente por su aprobación.

Aprueban Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Mi Perú para el periodo 2017 - 2021
ORDENANZA Nº 023-MDMP Mi Perú, 10 de julio de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: El Concejo Municipal del distrito de Mi Perú, en Sesión Ordinaria de la fecha; el Informe N° 048-2017-MDMP/

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