Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Viernes 14 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Aprueban el Plan de Rutas de Recolección de Residuos Sólidos en el distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 021-MDMP Mi Perú, 20 de junio de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proveído N° 2072-2017/GM, suscrito por el Gerente Municipal, el Informe N° 57-2016-MDMP-GSC-SGSALP, emitido por la Subgerente de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, respecto del Plan de Rutas de Recolección de Residuos Sólidos, el Informe N° 798-2016-MDMP-GSC, del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe N° 279-2017-MDMP-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen N° 01-2017-CSC-MDMP de la Comisión de Servicios a la Ciudad. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 en su artículo 73° señala entre las materias de competencias ambientales municipal, la planificación del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo, la protección y conservación del ambiente; así como la formulación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el párrafo 3.1. del numeral 3 del artículo 80° de la citada ley, dispone como función específica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud, la de proveer el servicio de limpieza pública y aprovechamiento industrial de los desperdicios. Que, según el artículo 10° de la Ley General de Residuos Sólidos, ley N° 27314 modificada por el Decreto Legislativo N° 1065, "las municipalidades distritales...son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transportes de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción". Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, se aprobó la Política Nacional del Ambiente en cuyo eje de política 2, se establecieron los lineamientos de política para la gestión de los residuos sólidos a nivel nacional. Que, con Ordenanza Nº 029-MDMP se aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la jurisdicción de fecha 23 de Julio de 2016. Que, a través del Informe N° 241- 2017-MDMP-GSCSGSALP de fecha 30 de Mayo del 2017, el Subgerente de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, propone la Aprobación del Plan de Rutas de Recolección de Residuos Sólidos del Distrito de Mi Perú. Que mediante el Informe N° 798-2016-MDMP-GSC, del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, propone la Aprobación del Plan de Rutas de Recolección de Residuos Sólidos del Distrito de Mi Perú. Que, a través del Informe N° 279-2017-MDMP-GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica, es de opinión favorable del citado proyecto y recomienda su aprobación por el Colegiado Edil. Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Rutas de

Recolección de Residuos Sólidos, por la Comisión de Comisión de Servicios a la Ciudad, mediante Dictamen N° 01-2017-CSC-MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el señalado proyecto. Que conforme a lo dispuesto en el art. 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que mediante Ordenanza norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE RUTAS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE RUTAS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS en el Distrito de Mi Perú, el mismo que ANEXO forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR los Horarios de rutas de recolección que se establece en el Plan de Manejo de Residuos Sólidos aprobados en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Subgerencia de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, Subgerencia de Fiscalización y, demás órganos competentes de esta Comuna. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal Institucional (www. munimiperu.gob.pe). Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación del presente dispositivo a Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1543123-3

Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los comportamientos inapropiados y acoso sexual ejercido contra las personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 022-MDMP Mi Perú, 26 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta de ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los comportamientos inapropiados y acoso sexual ejercido contra las personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Mi Perú, presentada por la Gerencia de Desarrollo Humano a

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