Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

INMUEBLES DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, con motivos de la Celebración del 196º Aniversario de la Independencia del Perú y por el 460º Aniversario del Distrito de Pueblo Libre, a partir de la fecha de la publicación del presente dispositivo municipal al 15 de agosto de 2017. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1543880-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac incorporando las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor
ORDENANZA Nº 506-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de junio de 2017, Dictamen Nº 004-2017-CPP/MDR de fecha 26 de junio de 2017 de la Comisión de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, Memorando Nº 573-2017-GM/MDR de fecha 22 de junio de 2017 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 294-2017-GAJ/MDR de fecha 21 de junio de 2017 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 75-2017-GPP/MDR de fecha 17 de junio de 2017 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 49-2017-GDHYS-MDR de fecha 12 de junio de 2017 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, Informe Técnico Nº 005-2017-SGBSDJ/ GDHYS/MDR de fecha 12 de junio de 2017 emitido por Subgerencia de Bienestar Social, Deporte y Juventud, sobre el proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del Rímac; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Estado, precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, en su artículo 7º establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define como personas adultas

mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, el primer párrafo del artículo 10º de la citada Ley, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el artículo 9º numeral 3) de la LOM establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la citada Ley que señala que las ordenanzas, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8 de la LOM antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 499-MDR, se aprobó la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, en los documentos vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral del Adulto Mayor al ROF de la Municipalidad; Que, con los vistos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano y Social y la Subgerencia de Bienestar Social, Deporte y Juventud, de conformidad con el artículo 9º numeral 8 de la LOM; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por unanimidad la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC INCORPORANDO LAS FUNCIONES DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR Artículo Primero.- Aprobar la modificación del artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del Rímac, aprobado por Ordenanza Nº 332-MDR y modificatorias, incorporando las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor a la Subgerencia de Bienestar Social, Deporte y Juventud, en los términos siguientes:

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