Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Viernes 14 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 019-MDMP Mi Perú, 20 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 0084-2017-GPP/MDMP, del Gerente de Planeamiento y Presupuesto mediante el cual remite Informe Técnico, Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y el Organigrama Estructural de la Municipalidad distrital de Mi Perú, el Informe N° 107-2017-MDMP/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Dictamen N° 01-2017-CEAPyPMDMP de la Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 035-MDMP, de fecha 16.11.2016., se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta Corporación Edil. Que, con el Informe N° 0084-2017-GPP/MDMP, del Gerente de Planeamiento y Presupuesto, se remite el Informe Técnico, Proyecto de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y el Organigrama Estructural de la Municipalidad distrital de Mi Perú; dicha propuesta tiene por objeto mejorar el funcionamiento y operatividad de la municipalidad, así como optimizar los procesos de la entidad; contemplándose las siguientes modificaciones: Que, habiéndose aprobado el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y que deroga la ley N° 27293 ­ Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el Decreto Supremo N° 104-2014-EF, que modifica el Reglamento del Decreto legislativo N° 1252. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos.

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Que, mediante Informe N° 107-2017-MDMP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la propuesta de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica, de la Municipalidad distrital de Mi Perú. Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y el Organigrama Estructural de la Municipalidad distrital de Mi Perú, por la Comisión de Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto, mediante Dictamen N° 01-2017-CEAPyP-MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el señalado proyecto. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA y el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ, mismo que consta de 143° artículos y 04 disposiciones finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, la adecuación de los documentos de gestión. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza N° 035-MDMP, así como las demás disposiciones que contravengan la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la remisión del texto íntegro de su ROF y el organigrama institucional, al Consejo Nacional de Descentralización para su publicación en el portal electrónico de éste. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen Institucional la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal institucional (www. munimiperu.gob.pe), conforme prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las unidades orgánicas de la Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1543123-1

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