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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (17/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2017 / El Peruano limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Comunicaciones, la Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Promoción Social y demás órganos municipales el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1533998-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Rímac ORDENANZA Nº 505-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha 16 de junio de 2017. CONSIDERANDO:Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, así como también, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, los artículos I y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), señalan que los gobiernos locales son canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, teniendo como fi nalidad la representación del vecindario; Que, el artículo 53 de la LOM, establecen que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la LOM, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que el proceso de presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil. Para ello, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el proyecto de Ordenanza cuenta con las opiniones favorables de la Comisión de Participación Vecinal mediante Dictamen Nº 001-2017-CPV, Gerencia de Presupuesto y Plani fi cación mediante Informe Nº 066-2017-GPP/MDR y la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 278-2017-GAJ/MDR; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numerales 2 y 8 y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE RÍMAC Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Rímac, el cual en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde a fi n de que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones normativas complementarias necesarias para el e fi ciente y efi caz desarrollo del proceso de presupuesto participativo, así como, apruebe el cronograma del respectivo proceso. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, la elaboración del Documento del proceso de presupuesto participativo del año correspondiente y el registro en el Aplicativo Informático del Ministerio de Economía y Finanzas de los Proyectos Priorizados en el proceso de Presupuesto Participativo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza, Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación, en el Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe). Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza 485- MDR, así como cualquier otra norma que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en Rímac a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil diecisiete. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1534014-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza que establece incentivos para la regularización de deudas por multas administrativas en cobranza coactiva ORDENANZA MUNICIPAL Nº 9-2017/MDV Ventanilla, 30 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 30 de mayo de 2017; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan