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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (21/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2017 El Peruano / Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera el cierre de fi nitivo de la agencia San Miguel ubicada en Esq. Calle Chamaya Nº 171 y Av. La Mar Nº 2301 distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1534664-1 Autorizan a Crediscotia Financiera la apertura de oficina especial en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2344-2017 Lima, 9 de junio de 2017LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera para que se le autorice la apertura de una (01) o fi cina especial bajo la modalidad de local compartido en una agencia de Scotiabank Perú, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º y 33º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera la apertura de una (01) o fi cina especial bajo la modalidad de local compartido en la agencia de Scotiabank Perú ubicada en Esq. Calle Chamaya Nº 171 y Av. La Mar Nº 2301 distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1534676-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican la Ordenanza N° 159-Arequipa que incorpora cuatro miembros a la “Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Tráfico Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa” ORDENANZA REGIONAL Nº 374-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le con fi eren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3° DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 159-AREQUIPA, INCORPORANDO CUATRO MIEMBROS A LA “RED REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y TRABAJO FORZOSO DE LA REGIÓN AREQUIPA” Artículo 1°.- Incorporar a la “Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa”, en calidad de miembros a un representante de cada una de las siguientes instituciones: (i) Ministerio de Justicia –MINJUS- a través de la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Arequipa; (ii) Superintendencia de Tránsito Terrestre de Personas –SUTRAN; (iii) Instituto Nacional de Estadística e Informática –INEI; (iv) Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil –RENIEC. En consecuencia, MODIFIQUESE el artículo 3° de la Ordenanza Regional N° 159-AREQUIPA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°.- Constituir la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa, integrada por los siguientes miembros: - Un representante de la Gobernatura del Gobierno Regional de Arequipa, quien la presidirá; - Un representante de la Gerencia Regional de Salud;- Un representante de la Gerencia Regional de Educación; - Un representante del MIMP;- Un representante de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un representante de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; - Un representante de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo; - Un representante de la Gerencia Regional de Agricultura; - Un representante del Ministerio Público – Distrito Judicial de Arequipa; - Un representante de la Corte Superior de Justicia;- Un representante de la XI DIRTEPOL, Arequipa;- Un representante de la Defensoría del Pueblo;- Un representante de la Coordinadora Regional de Derechos Humanos; - Un representante de la Veeduría Ciudadana contra la Trata de Personas;