Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2017 (21/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 21 de junio de 2017

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera el cierre definitivo de la agencia San Miguel ubicada en Esq. Calle Chamaya Nº 171 y Av. La Mar Nº 2301 distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1534664-1

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Modifican la Ordenanza N° 159-Arequipa que incorpora cuatro miembros a la "Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Tráfico Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa"
ORDENANZA REGIONAL Nº 374-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3° DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 159-AREQUIPA, INCORPORANDO CUATRO MIEMBROS A LA "RED REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y TRABAJO FORZOSO DE LA REGIÓN AREQUIPA" Artículo 1°.- Incorporar a la "Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Tráfico Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa", en calidad de miembros a un representante de cada una de las siguientes instituciones: (i) Ministerio de Justicia ­MINJUS- a través de la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Arequipa; (ii) Superintendencia de Tránsito Terrestre de Personas ­SUTRAN; (iii) Instituto Nacional de Estadística e Informática ­INEI; (iv) Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­RENIEC. En consecuencia, MODIFIQUESE el artículo 3° de la Ordenanza Regional N° 159-AREQUIPA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Constituir la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas, Tráfico Ilícito de Migrantes y Trabajo Forzoso de la Región Arequipa, integrada por los siguientes miembros: - Un representante de la Gobernatura del Gobierno Regional de Arequipa, quien la presidirá; - Un representante de la Gerencia Regional de Salud; - Un representante de la Gerencia Regional de Educación; - Un representante del MIMP; - Un representante de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un representante de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; - Un representante de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo; - Un representante de la Gerencia Regional de Agricultura; - Un representante del Ministerio Público ­ Distrito Judicial de Arequipa; - Un representante de la Corte Superior de Justicia; - Un representante de la XI DIRTEPOL, Arequipa; - Un representante de la Defensoría del Pueblo; - Un representante de la Coordinadora Regional de Derechos Humanos; - Un representante de la Veeduría Ciudadana contra la Trata de Personas;

Autorizan a Crediscotia Financiera la apertura de oficina especial en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2344-2017 Lima, 9 de junio de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera para que se le autorice la apertura de una (01) oficina especial bajo la modalidad de local compartido en una agencia de Scotiabank Perú, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º y 33º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera la apertura de una (01) oficina especial bajo la modalidad de local compartido en la agencia de Scotiabank Perú ubicada en Esq. Calle Chamaya Nº 171 y Av. La Mar Nº 2301 distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1534676-1

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