Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2017 (21/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 21 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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así como, el porcentaje de los recursos que deben ser destinados a la adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios (Prioridad I); Que, mediante Informe Nº 038-2017-SIS/OGPPDONAM con Proveído Nº 203-2017-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, emite opinión favorable de la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 716-2017 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en los Hospitales de las Regiones Lima y Madre de Dios; Que, asimismo, mediante Informe Nº 97-2017-SIS/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable para la transferencia financiera propuesta por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en el marco de los Convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud y las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Lima y Madre de Dios para el Financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados en los hospitales y/o institutos especializados, por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Que, corresponde al Titular del Pliego tramitar la incorporación de los recursos que se transfiere por la presente Resolución Jefatural, desagregándolos en el nivel funcional programático de acuerdo a los montos asignados en las categorías presupuestarias, debiendo emitir la resolución correspondiente dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución, así como efectuar su publicación en el Portal Institucional del Pliego dentro de los cinco (5) días de aprobada; asimismo, con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente; Con el visto de la Secretaria General (e), del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerente (e) de la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS por la suma total de SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 7 761 766.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Calendario junio de 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Lima y Madre de Dios, en el marco del Convenio suscrito con el Seguro Integral de Salud, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Precisar que los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural corresponden a la transferencia financiera para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas por los hospitales e institutos especializados a los asegurados del SIS para los meses de mayo, junio, julio y agosto del presente año 2017, calculada de acuerdo a la metodología establecida en la Guía Técnica Nº 001-2012-SIS-GNF "Guía Técnica para el pago por Preliquidación" aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2012/SIS y las cláusulas del Convenio suscrito.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html, Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como publicar en el Portal Institucional http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/normas.html el texto de la presente Resolución Jefatural y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1535111-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban el procedimiento general "Vehículos para Turismo" DESPA-PG.16 (versión 3)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 08-2017-SUNAT/5F0000 Callao, 16 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que con Resolución de Intendencia Nacional N° 000 ADT/2000-003521 se aprobó el procedimiento general "Vehículos para Turismo", INTA-PG.16 (versión 2) signado con el código DESPA-PG.16 según Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/ 5F0000; Que teniendo en cuenta que con Decreto Supremo N° 076-2017-EF se ha aprobado el nuevo Reglamento para el Ingreso, Salida y Permanencia Temporal de Vehículos de Uso Particular para Turismo, resulta necesario aprobar una nueva versión del referido procedimiento; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 122-2014 /SUNAT y estando a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación Apruébase el procedimiento general "Vehículos para Turismo", DESPA-PG.16 (versión 3) cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. Derogación Deróganse el procedimiento general "Vehículos para Turismo", INTA-PG.16 (versión 2) aprobado con Resolución de Intendencia Nacional N° 000 ADT/2000003521 y la Circular N° 03-2016-SUNAT/5F0000.

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