Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2017 (24/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 24 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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y Comunicaciones; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Paúl Enrique Concha Revilla, Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre y Jesús José Tapia Tarrillo, profesional de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 27 de junio al 01 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 4 días US$ Pasaje aéreo 370,00 por día (3 días de (Incluido TUUA) viáticos + 1 por concepto US$ de instalación) 1,363.88 1,363.88 1,480.00 1,480.00

Nombres y Apellidos Paúl Enrique Concha Revilla Jesús José Tapia Tarrillo

TOTAL US$ 2,843.88 2,843.88

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales autorizados en el artículo 1, deberán presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Encargar al señor Carlos Lozada Contreras, Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, las funciones de Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre, a partir del 27 de junio de 2017 y en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1537152-3

2017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 220-2017-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 042-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 069-2017-MTC/12.07. AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 257-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SOCIEDAD AGRICOLA SATURNO S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación General: Privado, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa SOCIEDAD AGRICOLA SATURNO S.A.C. deberá contar con la correspondiente Conformidad de Operación, así como las Especificaciones Técnicas de Operación, en caso sea aplicable; con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General: Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Piper PA 25-235 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Cajamarca - Cajamarca. DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: Lambayeque - Chiclayo. DEPARTAMENTO: La Libertad - Trujillo. BASE DE OPERACIONES:

Otorgan a Sociedad Agrícola Saturno S.A.C. el permiso de operación de aviación general: privado
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 271-2017-MTC/12 Lima, 19 de mayo del 2017 Vista la solicitud de la empresa SOCIEDAD AGRICOLA SATURNO S.A.C., sobre otorgamiento del Permiso de Operación de Aviación General: Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº T-0241042017 del 27 de enero del 2017 y Documento de Registro Nº E-052005-2017 del 24 de febrero del 2017 la empresa SOCIEDAD AGRICOLA SATURNO S.A.C. solicitó el Permiso de Operación de Aviación General: Privado; Que, según los términos del Memorando Nº 480-

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