Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2017 (24/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 24 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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para su ejecución, efectuando el seguimiento de su cumplimiento. f) Recibir y revisar los proyectos de resoluciones de las Direcciones de Línea, emitidas en ejecución de los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo en ejercicio de las funciones constitucionales; recabar las firmas del Presidente y de los Consejeros, según corresponda. g) Registrar, archivar y difundir las resoluciones expedidas en ejecución de los acuerdos del Pleno del Consejo. h) Ejecutar las disposiciones de la Presidencia con el propósito de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo. i) Ejecutar las acciones que se deriven de los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo, relacionados con la expedición y cancelación de títulos de jueces y fiscales, para lo cual elabora las resoluciones y títulos que correspondan y refrenda estos últimos, luego de la firma del Presidente del Consejo. j) Supervisar el cumplimiento de los plazos en la elaboración de proyectos de resoluciones y votos. k) Dar cuenta de las abstenciones de los Consejeros antes de proceder al debate de cada punto de agenda. l) Certificar los documentos relacionados con el Pleno. m) Emitir los comunicados oficiales que disponga el Pleno o el Presidente. n) Registrar y archivar los convenios suscritos por el Consejo. o) Administrar y garantizar el correcto funcionamiento del Boletín Oficial de la Magistratura. p) Realizar otras funciones que le asigne el Pleno o el Presidente. Artículo 16º.- Funciones de la Presidencia del Consejo Son funciones de la Presidencia del Consejo: (...) q) Proponer ante el Pleno la conformación de Comisiones, en caso sea necesario. (...) Artículo 19°.- Dirección General La Dirección General es un órgano de la Alta Dirección que se constituye en la máxima autoridad administrativa de la Institución, dependiente de la Presidencia del Consejo. Está encargada de dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades de asesoramiento, apoyo y línea en asuntos de planificación y cooperación técnica; presupuesto e inversiones; asesoría jurídica; administración y finanzas y tecnologías de la información; selección y nombramiento, evaluación integral y ratificación y procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales, según corresponda. Además de los órganos de asesoramiento, apoyo y de línea, la Dirección General tiene a su cargo las Áreas de Atención al Usuario y Trámite Documentario y de Registro de Jueces y Fiscales. Artículo 20°.- Funciones de la Dirección General Son funciones de la Dirección General: (...) d) Proponer a la Presidencia las políticas y normas para mejorar el funcionamiento de las actividades de línea, asesoramiento, apoyo, trámite documentario y tecnologías de la información. (...) Artículo 29°.- Comisiones Las Comisiones son grupos de trabajo especializados, cuya misión principal es coadyuvar con la operatividad institucional y el funcionamiento de los Sistemas Administrativos del Consejo. Se constituyen para atender un asunto específico y se desactivan una vez cumplido el encargo.

Artículo 30°.- Conformación de las Comisiones Las Comisiones están integradas por tres (3) Consejeros. Su conformación es aprobada por el Pleno, a propuesta de cualquier Consejero. Cuentan con el soporte técnico de la unidad orgánica o área designada por el Pleno. Artículo 31°.- Atribuciones y funciones de las Comisiones Las Comisiones tienen las siguientes funciones: a) Definir los lineamientos generales a seguir para el correcto cumplimiento de los asuntos encargados. b) Emitir informes ante el Pleno del Consejo durante el desarrollo de sus actividades y al concluir los asuntos encargados. c) Decidir sobre las incidencias que surjan en los asuntos sometidos a su conocimiento. (...) Artículo 55º.- Funciones de la Dirección de Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales Son funciones de la Dirección de Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales: a) Elaborar y proponer al Pleno del Consejo, para su aprobación, la programación de las convocatorias a concurso para cubrir plazas vacantes de Jueces y Fiscales del Poder Judicial y del Ministerio Público, así como de Jefes de ONPE y RENIEC, respectivamente. b) Ejecutar los acuerdos del Pleno del Consejo, en lo pertinente a la selección y nombramiento de Jueces y Fiscales, Jefes de ONPE y RENIEC. c) Elaborar proyectos de Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de jueces y fiscales y de los jefes de ONPE y RENIEC. d) Recibir, procesar y tramitar la documentación relativa a los concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales y de jefes de ONPE y RENIEC. e) Absolver y responder a las consultas que se formulen relativas a las convocatorias. f) Tramitar las tachas presentadas contra los postulantes en cada convocatoria, desde su admisión hasta la notificación de resultado de las mismas. g) Gestionar ante las instituciones públicas y privadas la información requerida de los postulantes para la adecuada elaboración de sus hojas de vida. h) Proyectar, coordinar y programar las entrevistas en el marco de los concursos para la selección y nombramiento de magistrados y de Jefes de ONPE y RENIEC. i) Brindar apoyo al Pleno del Consejo en la evaluación del desempeño profesional de postulantes aptos en los procesos de selección y nombramientos de Jueces y Fiscales. j) Registrar en los sistemas informáticos del Consejo la información relacionada con los postulantes y los resultados que se deriven de los procedimientos de selección y nombramiento de Jueces y Fiscales y de los Jefes de ONPE y RENIEC. k) Elaborar las notificaciones que se deriven del procedimiento de selección y nombramiento de Jueces y Fiscales, Jefes de ONPE y RENIEC, y gestionar su envío a través de los mecanismos establecidos normativamente. l) Elaborar los proyectos de resolución que se deriven de los procedimientos de selección y nombramiento. m) Emitir los decretos de trámite e impulso de los procesos a su cargo. n) Organizar y custodiar las publicaciones de postulantes que estén a su cargo durante el desarrollo del concurso. Concluido el procedimiento, las publicaciones deben ser devueltas en el plazo previsto en los reglamentos respectivos. o) Ejecutar los procedimientos de fiscalización posterior de la documentación presentada por los postulantes de las convocatorias concluidas. p) Brindar soporte técnico al Pleno del CNM.

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