Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Miércoles 28 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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asientan o encuentran, los aires y el marco circundante en la extensión técnicamente necesaria para cada caso, Estos bienes están sujetos a la restricciones y prohibiciones que establece esta Ley, reglamento y normas técnicas en función del interés nacional"; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARAR LA INTANGIBILIDAD E INALIENABLE DE LOS DIVERSOS TERRENOS CALIFICADOS ZONAS DE PROTECCION Y TRATAMIENTO PAISAJISTA, COMO ES EL CASO DE LA ISLA GALAPAGOS Y OTRAS ZONAS DEL DISTRITO DE PUCUSANA. Artículo Primero.- Declarará la Intangibilidad e Inalienabilidad de los Terrenos Calificados Zona de Protección y Tratamiento Paisajista, Cultural, de la Zona que corresponde, los Miradores, los Chunchos de la Isla Galápagos, del Distrito de Pucusana que, se produzcan ocupaciones ilegales de terrenos (tráficos de terrenos), todo tipo de construcciones ilegitimas de propiedad pública y/o privada con fines de vivienda u otra índole, téngase en cuenta el plano adjunto a la presente con las coordenadas señaladas. Artículo Segundo.- Declárese que, las Zonas que corresponde, los Miradores, los Chunchos de la Isla Galápagos, del Distrito de Pucusana, serán destinadas únicas y exclusivamente para Turismo, usos de arborización fines ecológicos, conforme al plan de sectorización del Distrito de Pucusana en el ámbito urbano. Artículo Tercero.- Denúnciese las ocupaciones ilegales de las Zonas que corresponde, los Miradores, los Chunchos de la Isla Galápagos, del Distrito de Pucusana, y las otras Zonas Declarados como PTP, con Ordenanza Nº 1086-MML- del 18-10-07 Publicado el 26-10-07 y sus modificatorias Ordenanzas Nº 1197 de fecha 29-12-2008, 1614 de fecha 05-07-2012, 1774 de fecha 26-06-2014 del Distrito de Pucusana, poniéndose en conocimiento en forma inmediata a la Policía Nacional del Perú, a la Fiscalía Provincial en los Penal de Turno de Lurín, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEA) del Ministerio de Ambiente, Ministerio de Cultura, Instituto Nacional de Cultura- INC, INDECI, y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, de los que invadan, promueven y resulten responsables de dichos actos. Autorizar al Procurador Público Municipal, iniciar las acciones correspondientes, en función a la normativa establecida, según su competencia, para defender los predios de propiedad Municipal, y de aquellos terrenos de uso y usufructo municipal. Artículo Cuarto.- La Municipalidad Distrital de Pucusana a través de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás Gerencias y Sub Gerencias, promoverán el Proceso de Arborización y de Reserva Ambiental, Turismo, así como su manejo sostenible con la Comunidad Organizada y la Sociedad Civil según corresponda. Artículo Quinto.- Prohíbase en base a las normas vigentes que ningún funcionario o trabajador municipal intervenga, auspicie o promueva cualquier tipo de invasión, mucho menos, en las zonas declaradas intangibles, bajo apercibimiento de ser denunciados penalmente y destituidos de su cargo. DISPOSICIONES FINALES Primero.- La Municipalidad Distrital de Pucusana no otorgará reconocimiento municipal alguno, ni ningún servicio administrativo aquellas personas y organizaciones que sean participes de la invasión de terrenos de las Declaradas Intangibles e Inalienables en la zonas de (PTP), Protección y Tratamiento Paisajista, como es el caso de la Isla Galápagos y otras zonas en el Distrito de Pucusana declarados por la presente ordenanza. Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano para que previa coordinación con la Gerencia de

Gestión Ambiental y Servicios Públicos, Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y Recreación y la Sub Gerencia de Transporte, Vialidad y Defensa Civil, elabore planos referenciados, para precisar la ubicación Declaradas Intangibles e Inalienables en la zonas de (PTP), Protección y Tratamiento Paisajista, como es el caso de la Isla Galápagos y otras zonas en el Distrito de Pucusana, en estricta observancia de la Ordenanza Nº 1086-MML DEL 10-10-07-PUBLICADO EL 26-10-07, y sus modificatorias con Ordenanzas Nº 1197 de fecha 29-12-2008, 1614 de fecha 05-07-2012, 1774 de fecha 26-06-2014 del Distrito de Pucusana, quedando asentado mediante Actas de Trabajo que sustentaran dicho pronunciamiento. Tercero.- Encárgase a la Difusión y demás acciones que corresponda a fin de dar a conocer los alcances de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, Sub Gerencia de Participación Vecinal, Programas Alimentarios, Vaso de Leche y Comedores, Sub Gerencia de Transporte, Vialidad y Defensa Civil y demás Gerencias y Sub Gerencias. Cuarto.- Encárguese de velar por la protección y aplicación de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal y la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización, Policía Nacional del Perú y Sociedad Civil, con conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima cuando correspondiera. Quinto.- Encárguese a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Participación Vecinal, Programas Alimentarios, Vaso de Leche y Comedores y a la Gerencia de Desarrollo Urbano y órganos competentes la propuesta de reglamentación de la entrega de visación de planos, Constancia de Posesiones y otros con fines exclusivos servicios ­ básicos. Sexto.- Facúltese al señor Alcalde para que demédiate Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Reglamentarias y/o complementarias pertinentes para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Séptimo.- Encargar a la Secretaria General, la publicación en el Diario Oficial el Peruano la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de Pucusana y a la Gerencia Municipal la supervisión del cumplimiento de la presente Ordenanza. Octava.- Deróguese todas las Ordenanzas y disposiciones internas que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1537230-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Ordenanza que establece beneficio excepcional de pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 005-2017/MDPN Punta Negra, 16 de junio de 2017 EL ALCALDE LA MUNICIPAL DEL DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Extraordinaria Nº001 de Concejo de la fecha, y; VISTOS: El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y visto el Informe Nº 057-2017-GAT/MDPN de fecha 10 de junio de 2017 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº

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