Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 29 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
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(o no) de expedientes judiciales y su producción. Este aspecto es importante porque permitirá afirmar fehacientemente la sostenibilidad y necesidad (o no) del órgano jurisdiccional como permanente. Sétimo. Que, por lo expuesto precedentemente, se considera necesario que se continúe evaluando el funcionamiento del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Nueva Cajamarca por un mayor periodo. Por tanto, en merito a los fundamentos, y considerando que la fecha de funcionamiento del mencionado juzgado finalizará el 30 de junio de 2017, es pertinente disponer la prórroga del órgano jurisdiccional en evaluación. Octavo. Que considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo de dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete, Distrito Judicial del mismo nombre, a partir del 1 de julio hasta el 31 de octubre de 2017. Artículo Segundo.- Prorrogar el funcionamiento del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, Distrito Judicial de San Martín, a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2017. Artículo Tercero.- Exhortar al juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete, a incrementar el nivel resolutivo con la finalidad de cumplir con el estándar de producción establecido mediante Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ; caso contrario, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal evaluará la reubicación del referido órgano jurisdiccional a otro Distrito Judicial. Artículo Cuarto.- Precisar que la asignación del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cañete, establecida en la Resolución Administrativa Nº 173-2017-CE-PJ publicada el 1 de junio del año en curso, es por seis meses. Artículo Quinto.- Facultar los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia Cañete y San Martín; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cañete y San Martín, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1538623-1

El Oficio Nº 021-J-2017-GG/PJ cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 200-2007-CNM, de fecha 31 de mayo de 2007, se nombró al señor doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza en el cargo de Juez Supremo Titular; siendo ratificado por Resolución Nº 492-2011PCNM, del 22 de agosto de 2011. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, del Oficio Nº 021-J-2017-GG/PJ cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial; así como la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez Supremo titular nació el 3 de julio de 1947. Por consiguiente, el 3 de julio próximo cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, este Órgano de Gobierno ante un hecho de tanta significación, por lo que representa la trayectoria de un Juez con las destacadas cualidades profesionales del doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, no puede dejar de hacer público su reconocimiento a quien se preocupó por optimizar el servicio de administración de justicia en la Sala de Derecho Constitucional y Social que preside desde el año 2013, disminuyendo la carga procesal de la citada Sala Suprema; y que siempre se desempeñó con rectitud en los cargos asumidos en este Poder del Estado. Quinto. Que es importante resaltar que el doctor Rodríguez Mendoza comenzó la función jurisdiccional como Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y en virtud a sus competencias profesionales fue nombrado Juez Supremo titular en el año 2007, integrando diferentes Salas Supremas; siendo designado como Presidente de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria. Por otro lado, ejerció la docencia en la Academia de la Magistratura y en universidades nacionales y privadas. Asimismo, ha publicado numerosos artículos en importantes revistas; así como, es autor de diversas publicaciones. Por lo que, ha recibido numerosos reconocimientos de Cortes Superiores de Justicia, Gobiernos Regionales y Municipales; así como, de diferentes Colegios de Abogados del Perú. Aunado a ello, intervino como participante y expositor en diversas conferencias nacionales y extranjeras. A lo largo de su carrera profesional, en los cargos que desempeñó en este Poder del Estado, siempre tuvo destacada participación, honorabilidad e idoneidad, y desde que ejerció función jurisdiccional contribuyó a mejorar el servicio de administración de justicia, lo cual merece ser reconocido por el Poder Judicial. Por estos fundamentos, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 3 de julio del año en curso, al señor doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, en el cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento público, acorde a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, al señor doctor Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, por su destacada trayectoria como Juez; y cualidades personales y profesionales. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura

Cesan por límite de edad a magistrado en el cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 083-2017-P-CE-PJ Lima, 27 de junio de 2017

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