Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Jueves 2 de marzo de 2017 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban el Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción al OEFA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 009-2017-OEFA/CD Lima, 1 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 002-2017-OEFA/CTS, emitido por la Presidenta de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del Ministerio de la Producción - PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; el Memorando N° 3112017-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 080-2017-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley antes citada, señala que mediante Decreto Supremo refrendado por los sectores involucrados se establecerán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el OEFA, así como el cronograma para la transferencia del respectivo acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades. Asimismo, precisa que dentro de los treinta (30) días posteriores de haberse acordado todos los aspectos objeto de la transferencia con cada entidad, el Consejo Directivo del OEFA emitirá la respectiva Resolución que apruebe dicha transferencia y determine la fecha en que el OEFA asumirá las funciones transferidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, se aprueba el inicio del proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental relativas a los Subsectores Industria y Pesquería del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; disponiéndose en su Artículo 2° la conformación de una Comisión de Transferencia integrada por representantes de PRODUCE y OEFA, para apoyar el proceso de transferencia de funciones entre dichas entidades; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2011-OEFA/CD, se dispuso que el proceso de transferencia de los distintos subsectores de Industria debe asumirse de manera progresiva y priorizados de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIUU; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 010-2012-OEFA/CD se inicia el proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del subsector Industria de PRODUCE al OEFA, precisándose

que dicho proceso se realizará de manera progresiva conforme al cronograma que se apruebe para tal efecto; Que, en ese contexto, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA/CD se aprueba el Primer Cronograma de Transferencia de funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA, estableciéndose las fechas de transferencia de las actividades correspondientes a cerveza, papel, cemento y curtiembre; Que, el Artículo 2° de la Resolución antes señalada dispone que la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del PRODUCE al OEFA debe presentar la propuesta del cronograma respecto de las actividades objeto de transferencia progresiva que no se consideraron en dicha norma, a fin que esta sea evaluada y aprobada oportunamente por el Consejo Directivo del OEFA; Que, mediante Informe Nº 002-2017-OEFA/CTS del 22 de febrero de 2017, la Comisión de Transferencia antes señalada presentó la propuesta del Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; sustentándola en los siguientes argumentos: (i) que se ha efectuado sobre la base de la cuarta revisión de la Clasificación Industrial Uniforme, vigente a la fecha; (ii) que las Divisiones 26, 27, 28 y 31 de la cuarta revisión del CIUU, a la fecha no han sido transferidas al OEFA; y, (iii) La Clase 2694 (fabricación de cemento, cal y yeso) no será transferida en su totalidad, toda vez que la actividad de fabricación de cemento ya ha sido transferida al OEFA, conforme a lo señalado en la Resolución de Consejo Directivo N° 023-2013-OEFA/ CD; Que, se ha verificado que la propuesta del Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones se ha emitido: (i) cumpliendo con las formalidades establecidas en el Artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA; (ii) se ha efectuado sobre la base de la cuarta revisión de la Clasificación Industrial Uniforme CIIU; y, (iii) cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Que, en ese sentido, corresponde emitir la Resolución que apruebe el Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones de PRODUCE al OEFA; Que, mediante Acuerdo N° 009-2017, adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 003-2017 del Consejo Directivo realizada el 28 de febrero de 2017, se acordó por unanimidad aprobar el Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al OEFA; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación de acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM; la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2012-OEFA/ CD; y, en ejercicio de la atribución conferida por el Literal n) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Quinto Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1° de la Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2012-0EFA/CD, según se detalla en el siguiente cuadro:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.