Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 2 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

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del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas complementarias y reglamentarias, se viene elaborando, aprobando y ejecutando los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 385-2014-VIVIENDA, se adecuó y reconformó la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, constituida por Resolución Ministerial Nº 295-2007-VIVIENDA, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 628-2008-VIVIENDA y Nº 179-2010-VIVIENDA; Que, con el Memorando N° 001-2017/VIVIENDAOGPP-ST-CSTCF, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaria Técnica de la mencionada Comisión Sectorial de Transferencia, presenta el proyecto del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señalando que ha sido elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por lo que recomienda su aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propuesta por la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan Anual aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1491861-3

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de terrenos ubicados en los departamentos de Ica, Lima y Moquegua
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0109-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 24 de febrero de 2017 Visto el Expediente N° 930-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 36 103,93 m², ubicado en la margen derecho del río Pisco, al Oeste del Fundo Caucato Bajo y San Fernando, distrito de San Clemente, provincia de Pisco y departamento de Ica, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno 75 429,26 m², ubicado en la margen derecho del río Pisco, al Oeste del Fundo Caucato Bajo y San Fernando, distrito de San Clemente, provincia de Pisco y departamento de Ica, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral Nº XI ­ Oficina Registral de Pisco remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 14 de setiembre de 2016 sobre la base del Informe Técnico N° 1959-2016-ZRXI/ UR-PISCO (folios 14 al 17), donde señala que en el predio en consulta se encuentra parcialmente en el ámbito del predio inscrito en las Partidas Nº 11036760, Nº 11039825, Nº 11039822, Nº 11039819 y otra parte se encuentra en una zona donde no se tiene información gráfica, por lo que no es posible determinar si existen predios inscritos o no en la zona de estudio; Que, en atención a la información técnica de la Zona Registral Nº XI ­ Oficina Registral de Pisco, se detectó una superposición parcial con predio de propiedad del Estado, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11036760 y con predios de propiedad de terceros inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 11039825, 11039822, 11039819 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Pisco; asimismo, efectuado el contraste de los datos técnicos del predio en cuestión con la Base Gráfica de Propiedades, que ha manera de consulta accede esta Superintendencia se determinó que la superposición parcial es de 39 325,33 m² conforme al Plano Diagnóstico N° 4165-2016/SBNDGPE-SDAPE (folio 32), por lo que se procedió a redefinir el área a inscribir en 36 103,93 m² con la finalidad de continuar con el procedimiento; Que, realizada la inspección técnica con fecha 06 de diciembre de 2016 (folio 31) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular con 13 lados,

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