Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2017 (09/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 9 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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vida, requiriendo siempre que alguien se ocupe de sus necesidades. Además, presenta resistencia a casi todos los antibióticos; Que, se desprende del Informe de Condiciones Carcelarias del Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, que éste no reúne las condiciones de infraestructura al tener la condición de recinto hacinado, lo que origina que muchos internos pernocten en ambientes comunes, atentando contra su salud y seguridad integral. Respecto al servicio de agua y/o desagüe, este viene colapsando en algunos pabellones por el tiempo de uso, mientras que el servicio médico brinda atención básica, por lo que, para atender al interno, no se cuenta con materiales, equipos y médicos especializados para una atención oportuna en caso se presente una emergencia, y el continuar en el Establecimiento Penitenciario corre un alto riesgo de contraer otras infecciones que agudizarían su salud; Que, de lo glosado en los precitados documentos, se establece que el interno ARELLANO CABELLOS, HIPÓLITO, se encuentra comprendido en el supuesto señalado en el literal b) del numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0042007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, pues se trata de una persona que padece de una enfermedad no terminal grave; es decir, que se encuentra en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y además las condiciones carcelarias colocan en grave riesgo su vida, salud e integridad; Que, en el presente caso, lo grave de la enfermedad se configura como un argumento en el que se justifica la culminación de la ejecución penal que conlleva la gracia, sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente reconocidos, toda vez que se trata de un caso excepcional de persona con enfermedad no terminal grave, lo que determina que la continuidad de la persecución penal pierda todo sentido jurídico y social; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales; y, el literal b) del artículo 31 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS; SE RESUELVE: artículo 1.- Conceder el INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno del Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, ARELLANO CABELLOS, HIPÓLITO. artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1494784-10

Díaz Valverde en el cargo de confianza de Directora II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que la reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la servidora JÉSSYCA DÍAZ VALVERDE al cargo de confianza de Directora II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. artículo 2.- Designar a la señora MARICRUZ MOLINA AYALA en el cargo de confianza de Directora II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARíA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1494336-1

PRODUCE
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE
Decreto supremo nº 003-2017-proDuce EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SANIPES; Que, el literal a) del artículo 6 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala como criterio de diseño y estructura de la Administración Pública, que las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, deben estar plenamente justificadas y amparadas en sus normas; Que, el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Reglamentos de Organización y Funciones de los organismos públicos, ejecutores y especializados, se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el literal e) del artículo 28 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Directora II de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual
resolución ministerial nº 069-2017-mimp Lima, 7 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 179-2015MIMP, entre otras acciones, se designó a la servidora Jéssyca

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