Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 11 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL
ETAPAS Convocatoria. Inscripción de Delegados participantes Publicación del Padrón Electoral de candidatos Presentación de Tachas al Padrón Electoral Absolución de Tachas al Padrón Electoral Publicación del Padrón Electoral definitivo Elecciones FECHA

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administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, conforme los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal; Que, el numeral 5 del artículo 73º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que es competencia municipal apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local. El artículo 113º de la norma acotada señala que las juntas vecinales es uno de los mecanismos de participación vecinal en la municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2012, y modificatorias, se aprobó el Reglamento que regula la constitución, delimitación, organización y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del distrito. En su Artículo 6º (Convocatoria a Elecciones), se establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, designa un Comité Electoral. Asimismo, en su Artículo 8 se prescribe que el Comité Electoral es un órgano conformado por tres vecinos y dos accesitarios, designados por el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Humano; Que, es política de esta gestión municipal promover los mecanismos para lograr una efectiva y eficiente participación vecinal que repercuta en el desarrollo integral del distrito, por lo que en cumplimiento de la normatividad antes citada corresponde convocar a elecciones de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales de las diez zonas determinadas en el distrito; Que, de conformidad con el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a las consideraciones expuestas y en uso a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- CONVOCAR al proceso de Elección de las representantes de las Juntas Vecinales. El acto de votación se realizará el 01 de abril de 2017 a las 09:00 AM., primera convocatoria y 09:30 AM. segunda convocatoria, en El Mirador, sito en Malecón Pardo s/n, La Punta. Artículo 2º.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales, el cual estará integrado por los siguientes vecinos: - María del Rosario Peñafiel López - María Lourdes Bozzo Verdaguer - Patricia Piedad Collazos Pacheco - Dante Jesús Castaños Grados - Elsa Carmela Arévalo Vásquez Presidente Vice-Presidente Secretaria Accesitario Accesitario

20 de marzo 2017 21 al 23 de marzo 2017 24 de marzo 2017 27 al 29 de marzo 2017 30 de marzo 2017 31 de marzo 2017 01 de abril 2017

Comité Electoral: Resolver las impugnaciones en 03 de abril 2017 segunda instancia definitiva, si fuera el caso Proclamación y difusión de resultados (reconocimiento 04 de abril 2017 mediante Resolución de Alcaldía)

Artículo 4º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento en lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 5º.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información, el presente, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1494941-1

Amplían plazo de vencimiento de pago de arrendamientos de locales comerciales a que se refiere el Acuerdo de Concejo N° 002-004-2017
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2017-MDLP/AL La Punta, 08 de marzo de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO; El Informe Nº 027-2017-MDLP/GRYPM del 03 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia de Rentas y Policía Municipal, y; CONSIDERANDO; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con la Ordenanza Nº 0182015-MDLP/AL, publicada el 30 de setiembre de 2015, que "Aprueba el Programa de Incentivos para arrendatarios de los locales de la Municipalidad", en su artículo 4° señala: ALCANCE DEL BENEFICIO, "Los arrendatarios de los locales comerciales de propiedad de la Municipalidad, que paguen dentro del mes de

Artículo 3º.- APROBAR el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado en los lugares visibles de la Municipalidad y en la página Web de la Municipalidad de La Punta y en el Portal Municipal (www. munilapunta.gob.pe) medios, estos últimos, por los cuales también se publicarán todos los actos que resulten del proceso electoral.

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