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8 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2017 / El Peruano DECRETA: Artículo 1.- Plazo para la cali fi cación como Defensores de la Patria a que se re fi ere la Ley Nº 28796 Otorgar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de ocho (8) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para efectos de la cali fi cación a que se re fi ere la Ley Nº 28796, Ley que reconoce la calidad de Defensores de la Patria al personal de la Fuerza Armada, Policía Nacional del Perú y personal civil que participaron en los Incidentes Armados Fronterizos del Subsector del Alto Cenepa de 1978, Con fl icto Armado de la Cordillera del Cóndor de 1981. Artículo 2.- Recepción de propuestas Dentro de los primeros cuatro (4) meses del plazo antes indicado, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas podrá recibir las propuestas presentadas por las Instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú para la cali fi cación respectiva, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-DE. A tal efecto, las Instituciones Armadas y la Policía Nacional solo podrán admitir a trámite las solicitudes que se realicen por primera vez. Asimismo, se deberá proseguir con el trámite de aquellas solicitudes que ingresaron dentro de los plazos contemplados en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28796 o el Decreto Supremo Nº 006-2011-DE, y que se encuentran pendientes de evaluación, sin exceder el plazo previsto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Las Instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú no podrán admitir solicitudes de personas que anteriormente fueron evaluadas y, en su caso, cali fi cadas, salvo que presenten nueva documentación sustentatoria que no fue materia de evaluación inicialmente y no hayan interpuesto recursos administrativos. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1503314-2 Formalizan modificatoria de la Directiva de Selección y Designación de los Delegados Ad Hoc de Seguridad del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) y la aprobación de la versión actualizada RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 028-2017-CENEPRED/J Lima, 28 de marzo de 2017VISTOS:El Memorándum N° 028-2017-CENEPRED/SG de fecha 16 de Marzo de 2017, de la Secretaría General, el Informe Técnico Legal N° 008-2017-CENEPRED/OAJ/DGP de fecha 20 de Marzo del 2017, de la Ofi cina de Asesoría Legal y la Dirección de Gestión de Procesos; Informe N°003-2017-CENEPRED/DGP/SNL/LACC, de fecha 21 de marzo de 2017; el O fi cio N° 494-2017-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU de fecha 22 de Marzo del 2017, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1287, que modi fi ca la Ley N° 29090 en el literal b. del numeral 7 Delegados Ad Hoc del artículo 2 Ámbito de aplicación y principios, dispone que: Son delegados Ad Hoc los designados por instituciones con funciones especí fi cas para la cali fi cación de proyectos de habilitación urbana y de edi fi cación ante la Comisión Técnica, señalando que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, es la entidad competente para designar a los Delegados Ad Hoc, para la cali fi cación de los proyectos de edi fi cación establecidos en las modalidades C y D de uso diferente al residencial y de concurrencia masiva de público; y para aquellas habilitaciones urbanas que se ubican en zonas de riesgo, únicamente si han sido identi fi cadas previamente como tales a través del plan urbano municipal; Que, la Resolución Jefatural N° 018-2017- CENEPRED/J, de fecha 15 de Febrero del 2017, aprobó la “Directiva de Selección y Designación de los Delegados Ad Hoc de Seguridad del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres”; con el objetivo de regular el procedimiento para la selección, designación y actuación de los Delegados Ad Hoc de Seguridad del CENEPRED, ante las municipalidades provinciales y distritales a nivel nacional, para ejercer la labor de revisión y veri fi cación de proyectos de seguridad en Edi fi caciones y Habilitaciones Urbanas, en cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia; Que, mediante Informe Técnico N° 003-2017- CENEPRED/DGP/SNL/LACC, la Subdirección de Normas y Lineamientos, órgano encargado de proponer la modi fi cación de la “Directiva de Selección y Designación de los Delegados Ad Hoc de Seguridad del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres” en los siguientes aspectos: cronograma de inicio de la convocatoria extraordinaria; delimitación de categorías de Delegados Ad Hoc; determinación de funciones especí fi cas de dichos profesionales; cuanti fi cación de experiencia y exclusión de antigüedad de la misma, con la fi nalidad de consolidar y reducir la incertidumbre jurídica de las Delegaturas Ad Hoc; Que, del O fi cio de Vistos el Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite el Informe Técnico Legal N° 041-2017-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV en el que se concluye que el artículo 4 de la Ley N° 29090, no establece que los Delegados Ad Hoc del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED deban ser únicamente arquitectos, pudiendo dicha entidad capacitar y designar a los profesionales para las funciones especí fi cas de acuerdo a su normativa, sin restringirse a una sola profesión; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048–2011–PCM y en uso de sus atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104–2012–PCM, el Decreto Legislativo N° 1287, que modi fi ca la Ley N° 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones; y la Resolución Suprema N° 291–2016– PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Formalizar la Modi fi catoria de la Directiva N° 001-2017-CENEPRED/J denominada: “Directiva de Selección y Designación de los Delegados Ad Hoc de Seguridad del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED)”, la