Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

la calidad, acceso y articulación, en beneficio de los estudiantes; Que, el artículo 3 del Reglamento de Institutos y Escuelas Superiores de Formación Artística, aprobado por Decreto Supremo N° 41-85-ED establece que son fines de los Institutos y Escuelas Superiores de Formación Artística: a) La formación artística y de docentes en artes a nivel superior, en el marco del desarrollo cultural del país y los avances de tecnología aplicada, conservando las peculiaridades de nuestras tradiciones y afirmando la identidad nacional, y b) La promoción y difusión de las manifestaciones artístico-culturales de las diversas regiones de nuestro país, estimulando la creación artística y la cohesión nacional. Por su parte el artículo 4 del citado Reglamento establece que son objetivos de los Institutos y Escuelas de Formación Artística: a) Formar artistas profesionales de la música, artes plásticas, teatro, danza y otras áreas artísticas con una sólida base humanística, científica y tecnológica, b) Formar profesores de educación artística para niveles y modalidades del Sistema Educativo Peruano, c) Estimular y cultivar la investigación y creación artística, preferentemente en las diversas manifestaciones folklóricas del país, d) Difundir las manifestaciones artísticas de nuestro país, contribuyendo a la integración nacional y al intercambio con la de los países latinoamericanos y de otros pueblos, y e) Profesionalizar y capacitar a docentes en servicio a cargo de asignaturas de educación artística en los niveles y modalidades del Sistema Educativo; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU establece que la Unidad de Financiamiento por Desempeño es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de financiamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada. Depende de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU, el Ministro de Educación, delegó en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de competencia del Despacho Ministerial; Que, en atención a las disposiciones antes señaladas, la Jefa de la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante Informe N° 0015-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, solicita y sustenta la necesidad de aprobar el proyecto de Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión 2017 para las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas (Compromisos de Gestión ESFA 2017), la misma que establece los referidos Compromisos de Gestión, el monto máximo asignable y los requisitos para su implementación y cumplimiento. El objetivo general de los citados Compromisos es fomentar la mejora de la calidad del servicio educativo brindado en las citadas Escuelas del ámbito de Lima Metropolitana; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante Informe N° 320-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP señala que se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la implementación del mecanismo denominado Compromisos de Gestión ESFA 2017; De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/ SG-OAJ denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada por Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; y, la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, por la que se delegan

facultades a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente Resolución tiene por objeto establecer los Compromisos de Gestión 2017 para las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas (Compromisos de Gestión ESFA 2017) como un mecanismo de financiamiento por desempeño que otorga recursos adicionales a las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas - ESFA por el cumplimiento de las metas establecidas para cada compromiso de gestión, para financiar la implementación del denominado Plan de Uso de Recursos ­ PUR 2017 propuesto por cada ESFA del ámbito de Lima Metropolitana. Artículo 2.- Norma Técnica Aprobar la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión ESFA 2017", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1519782-1

INTERIOR
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 368-2017-IN Lima, 10 de mayo de 2017 VISTOS; el Oficio N° 337-2017-SE-PNP-DIRPLAP/ DIRPRE de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú (PNP), el Informe N° 0001252017/IN/OGPP/OPP de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto, el Oficio N° 000672-2017/IN/OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 000622-2017/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año 2017, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 18102016-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 007: Ministerio del Interior, correspondiente al Año Fiscal 2017; por la suma de S/ 9 693 628 491,00 (nueve mil seiscientos noventa y tres millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos noventa y uno y 00/100 soles) por toda fuente de financiamiento; Que, en el marco del Acuerdo entre los Gobiernos del Perú y de los Estados Unidos de Norteamérica sobre iniciativas anticorrupción, mediante Resolución Ministerial N° 402-2005-JUS se autorizó transferencias financieras realizadas por el entonces Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI) a favor, entre otros, de la Policía Nacional del Perú;

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