Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Mario Ernesto Alzamora Vallejo y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Alex Alberto Mosaurieta Álvarez, propuestos por la Dirección General y la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, respectivamente, para que participen en la reunión antes indicada, a realizarse en la ciudad de Santiago - República de Chile, del 15 al 18 de mayo de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión permite intercambiar información relacionada al tráfico ilícito de drogas desde América del Sur y el Caribe, y África Occidental con destino final a Europa, así como intercambiar experiencias en la lucha contra el crimen organizado y las lecciones aprendidas como resultado de la acciones operativas contra las referidas organizaciones criminales, entre ellas, los carteles mexicanos, las bandas criminales colombianas y las Maras; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados comisionados en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional de Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 2288-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE., de fecha 19 de abril de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1º del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-

2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Mario Ernesto Alzamora Vallejo y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Alex Alberto Mosaurieta Álvarez, del 15 al 18 de mayo de 2017, a la ciudad de Santiago República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos que ocasione el viaje, a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Pers. Total US$ 580.00 X 2 = 1,160.00 370.00 X 3 X 2 = 2,220.00

Pasajes aéreos Viáticos

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1519784-1

Autorizan viaje de profesionales de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio del Ministerio a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2017-IN Lima, 11 de mayo de 2017 VISTOS; la Providencia N° 139-2017, de fecha 4 de mayo de 2017, de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Investigación de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio - Tercer Despacho de la Fiscalía de la Nación del Ministerio Público, el Oficio N° 4318-2017-IN-PELAD, de fecha 10 de mayo de 2017, de la Procuraduría Pública Adjunta Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio del Ministerio del Interior, el Informe N° 000656-2017/ IN/OGAJ, de fecha 11 de mayo de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Providencia N° 139-2017, de fecha 4 de mayo de 2017, la Segunda Fiscalía Supraprovincial

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