Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2017 (21/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 21 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1523114-3

cuota ascendente a US$ 30 000.00 (treinta mil y 00/100 dólares americanos) a favor del Programa Iberoamericano para la Promoción de las Artesanías ­ IBERARTESANÍAS. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1523114-4

Autorizan al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a efectuar el pago de cuota a favor del Programa Iberoamericano para la Promoción de las Artesanías Iberartesanías
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2017-RE Lima, 19 de mayo de 2017 VISTO: El Oficio N° 214-2017-MINCETUR/DM, de 05 de mayo de 2017, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2017, a favor del Programa Iberoamericano para la Promoción de las Artesanías ­ IBERARTESANÍAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; asimismo el inciso 1.3 del artículo 1 de la citada Ley señala que las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Programa Iberoamericano para la Promoción de las Artesanías ­ IBERARTESANÍAS, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, a efectuar el pago de la

Autorizan a PROINVERSIÓN, a efectuar el pago de cuota a favor de la Asociación Mundial de Agencias de Promoción de la Inversión
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2017-RE Lima, 19 de mayo de 2017 VISTO: El Oficio N° 444-2017-PROINVERSIÓN/DSI, de 19 de abril de 2017, de la Agencia de la Promoción de Inversión Privada, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Asociación Mundial de Agencias de Promoción de la Inversión/ World Association of Investment Promotion Agencies (WAIPA); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor la Asociación Mundial de Agencias de Promoción de la Inversión/ World Association of Investment Promotion Agencies (WAIPA), por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del

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