Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2017 (23/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Jueves 23 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo Primero.- APROBAR la modificación de los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 372-MSI y modificatorias, publicado con fecha 25 de diciembre de 2014, conforme al detalle del Anexo 1, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Formulario de Distribución Gratuita "F-002-SLA-GACU/MSI": Formato de Solicitud con carácter de Declaración Jurada para la Obtención de Autorización Municipal de Ubicación de Elementos de Publicidad Exterior; conforme se detallan en el Anexo 2 el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y demás que resulten competentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munisanisidro.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1588669-1

Modifican el Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2017-ALC/MSI San Isidro, 17 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe Nº 284-2017-1130-SCCU-GAT/MSI de la Subgerencia de Control de Cumplimiento, el Informe Nº 0706-2017-1110-SSC-GAT/MSI de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, el Memorando Nº 0322-2017-12.2.0-SC-GACU/MSI de la Subgerencia de Catastro, el Memorándum Nº 024-2017-10.01-EFDSIGTIC/MSI del Equipo Funcional de Desarrollo de Sistemas, el Informe Nº 259-2017-0520-SDC-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el Informe Nº 148-2017-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y el Informe Nº 0643-2017-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, mediante Ordenanza Nº 444-MSI publicado el 01 de diciembre de 2016, se reguló la forma y condiciones para que los ciudadanos accedan y generen operaciones a través de la plataforma de servicios en línea de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2017ALC/MSI publicado el 21 de junio de 2017, se aprobó

el "Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea regulada por Ordenanza Nº 444-MSI", el cual establece en su artículo 5º que la plataforma es el módulo informático administrado por la Municipalidad de San Isidro que permite realizar operaciones en forma virtual entre la Municipalidad y los ciudadanos, la cual es accesible a través del portal: www.munisanisidro.gob.pe las 24 horas del día, todos los días del año; Que, el artículo 11º del citado Reglamento señala que "Los trámites que las áreas requieran incluir en la Plataforma, serán evaluados por la Subgerencia de Desarrollo Corporativo respecto a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y/o el Tarifario de Servicios No Exclusivos, cuando así corresponda; así como en relación a la pertinencia del proceso. La Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación verificará la pertinencia tecnológica para la inclusión del trámite en la Plataforma. La Gerencia Municipal aprobará la inclusión del procedimiento o servicio en la Plataforma. La Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, por disposición de la Alta Dirección o a iniciativa propia, también podrán proponer la inclusión de trámites; previa coordinación entre los involucrados"; Que, efectivamente, el artículo 30º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales, el procedimiento administrativo podrá realizarse total o parcialmente a través de tecnologías y medios electrónicos, debiendo constar en un expediente, escrito electrónico, que contenga los documentos presentados por los administrados, por terceros y por otras entidades, así como aquellos documentos remitidos al administrado; precisando que los actos administrativos realizados a través del medio electrónico, poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos realizados por medios físicos tradicionales y que las firmas digitales y documentos generados y procesados a través de tecnologías y medios electrónicos, siguiendo los procedimientos definidos por la autoridad administrativa, tendrán la misma validez legal que los documentos manuscritos; Que, por su parte el Equipo Funcional de Desarrollo de Sistemas de Información de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación indica que, en el marco de la optimización de los procesos de la entidad, ha desarrollado los servicios de Certificación de Declaración Tributaria de Impuesto Predial (Subgerencia de Servicios al Contribuyente); Constancia de No Adeudo (Subgerencia de Control de Cumplimiento) y Emisión de Hoja Informativa Catastral Urbana (Subgerencia de Catastro), para su incorporación dentro de la plataforma de servicios en línea de la Municipalidad de San Isidro, ya que los mismos son pertinentes tecnológicamente; Que, en atención a ello la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, de acuerdo a lo indicado por la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, propuso la modificación del artículo 11º del "Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea regulada por Ordenanza Nº 444-MSI" aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 010-2017-ALC/MSI a fin de que los procedimientos y/o servicios sean incluidos mediante Decreto de Alcaldía considerando que éste instrumento, al ser publicado, sean conocidos por los administrados; y por tanto opinó favorablemente respecto de que se apruebe la inclusión de los procedimientos, servicios y otras solicitudes que se vienen tramitando a través de la plataforma, así como de los nuevos servicios de acuerdo a lo señalado por el Equipo Funcional de Desarrollo de Sistemas de Información de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 11º del "Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea

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