Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2017 (28/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 28 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
ANEXO A

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Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima ­ EPS EMAPAT S.A. Que, con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Monitoreo y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017 complementada por la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fiscal 2017, Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima ­ EPS EMAPAT S.A Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 2,196,081.47 (Dos millones ciento noventa y seis mil ochenta y uno con 47/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima ­ EPS EMAPAT S.A, para la ejecución de tres (03) acciones de asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades a fin de mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora, que se sustentan en las correspondientes fichas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo, o al órgano que haga sus veces, del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y verificar el cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento

ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TAMBOPATA SOCIEDAD ANÓNIMA ­ EPS EMAPAT S.A
PROCESO DESCRIPCIÓN CÓDIGO MONTO (S/)

REPOSICIÓN DE LOS AGITADORES DE DOSIFICACIÓN, IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS PAREDES INTERNAS DE LAS TOLVAS Y ADQUISICIÓN DE BOMBAS DOSIFICADORAS EN LA PTAP LA GESTIÓN OPERACIONAL PASTORA REPOSICIÓN DE LA AUTOMATIZACIÓN DEL CONTROL DEL LLENADO DE LOS RESERVORIOS DESDE LA PTAP LA PASTORA GESTIÓN COMERCIAL RENOVACIÓN DEL PARQUE DE MICROMEDIDORES DE AGUA POTABLE DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO TOTAL

F-01-GO

396,590.03

F-02-GO

424,416.50

F-01-GC

1,375,074.94 2,196,081.47

1591251-4

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Designan representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 008-2017-SENACE/JEF Lima, 24 de noviembre de 2017 VISTO: El Informe N° 212-2017-SENACE-SG/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles Senace, determinando que el cronograma de transferencia de funciones al Senace, como parte de la Tercera Etapa del proceso de implementación, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, con Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968, estableciéndose que el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción, proveniente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, inicia en el cuarto trimestre del año 2016; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 102-2016-SENACE/J se designaron los representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del

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