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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (28/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2017 El Peruano / Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima – EPS EMAPAT S.A. Que, con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Monitoreo y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017 complementada por la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fiscal 2017, Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima – EPS EMAPAT S.A Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 2,196,081.47 (Dos millones ciento noventa y seis mil ochenta y uno con 47/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima – EPS EMAPAT S.A, para la ejecución de tres (03) acciones de asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades a fi n de mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora, que se sustentan en las correspondientes fi chas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo, o al órgano que haga sus veces, del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi car el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de SaneamientoANEXO A ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TAMBOPATA SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS EMAPAT S.A PROCESO DESCRIPCIÓN CÓDIGO MONTO (S/) GESTIÓN OPERACIONALREPOSICIÓN DE LOS AGITADORES DE DOSIFICACIÓN, IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS PAREDES INTERNAS DE LAS TOLVAS Y ADQUISICIÓN DE BOMBAS DOSIFICADORAS EN LA PTAP LA PASTORAF-01-GO 396,590.03 REPOSICIÓN DE LA AUTOMATIZACIÓN DEL CONTROL DEL LLENADO DE LOS RESERVORIOS DESDE LA PTAP LA PASTORAF-02-GO 424,416.50 GESTIÓN COMERCIALRENOVACIÓN DEL PARQUE DE MICROMEDIDORES DE AGUA POTABLE DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADOF-01-GC 1,375,074.94 TOTAL 2,196,081.47 1591251-4 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Designan representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 008-2017-SENACE/JEF Lima, 24 de noviembre de 2017VISTO: El Informe N° 212-2017-SENACE-SG/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29968 se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles Senace, determinando que el cronograma de transferencia de funciones al Senace, como parte de la Tercera Etapa del proceso de implementación, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, con Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968, estableciéndose que el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción, proveniente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, inicia en el cuarto trimestre del año 2016; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 102-2016-SENACE/J se designaron los representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del